Suprema ordena al municipio a resolver los problemas sanitarios en el exvertedero
CONTAMINACIÓN. A su vez, la SMA resolvió otorgar un plazo de 15 meses para que la municipalidad realice un cierre perimetral, un plan de vigilancia e ingrese el proyecto de cierre al SEIA, de lo contrario podría sancionarse a la municipalidad con más de $7 mil millones.
Pese a que la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta del 29 de abril pasado, que rechazó el recurso de protección interpuesto por vecinos del sector norte en contra del municipio por la responsabilidad que pudiera tener en la afectación de la salud producto de las quemas en el exvertedero, el máximo tribunal del país sí determinó que la municipalidad deberá realizar todas las acciones necesarias para solucionar el problema sanitario que existe en el sector.
La resolución de la Corte Suprema del 16 de diciembre sostiene que "sin perjuicio de lo dispuesto, el municipio deberá adoptar las medidas que sean necesarias, dentro del ámbito de sus competencias legales, a fin de solucionar el acopio irregular de desechos, procurando la mantención de las condiciones sanitarias adecuadas en el sector afectado".
Para Lisset Muñoz, vecina y dirigente del condominio Desierto Florido (quienes interpusieron el recurso de protección), la resolución de la Corte Suprema no deja de ser una buena noticia, entendiendo la presión que le pone a la municipalidad.
"Es algo muy positivo el hecho de que la Corte Suprema se haya pronunciado a favor de la limpieza y la salud de los que vivimos en el sector. Es gratificante saber que todavía hay una luz de esperanza respecto a un eventual cierre del exvertedero y que de una vez por todas se acabe el problema de las quemas", precisó.
Agregó que cuando realizó la apelación a la Corte Suprema "fui con la pura fe en Dios de que podía apelar ese recurso y estoy contenta de que por fin nos estén escuchando".
Complejo escenario
El fallo de la CS se vio reforzado tres días después cuando la Superintendencia de Medioambiente (SMA), dictó una medida provisional que instruye al municipio, en un plazo no superior a 15 meses ingresar el proyecto de cierre y remediación del exvertedero municipal al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). De lo contrario podría ser sancionado con tener multas que podrían llegar a la 10 mil unidades tributarias anuales (UTA), más de $7.300 millones.
Medidas provisorias
Dentro de las acciones provisorias que el municipio deberá realizar , las cuales son consideradas como urgentes y transitorias, se cuenta la implementación de un cierre perimetral que limite el ingreso tanto de personas. Además deberá presentar un proyecto de vigilancia y seguridad del sector para evitar los ingresos por parte de terceras personas, y por último, ejecutar el proyecto, dando cumplimiento a los elementos señalados de forma íntegra y de acuerdo al cronograma de implementación.
"La SMA inició un procedimiento de requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación Ambiental (SEIA), ante lo cual la municipalidad accedió y presentó un cronograma de 20 meses de plazo, pero la Superintendencia lo rechazó y le dio un plazo más exigente de 15 meses", explicó Sandra Cortez, jefa de la Oficina Regional de la SMA en Antofagasta.
Para el seremi de Medioambiente, Gustavo Riveros, tanto lo resuelto por la Corte Suprema, como por la Superintendencia de Medioambiente, solo reflejan la urgencia del problema.
"Estás dos sentencias solo vienen a confirmar lo que la ciudadanía viene insistiendo hace mucho tiempo y que es la urgencia en la toma de medidas para solucionar el problema del basural La Chimba y lo otro es la responsabilidad del municipio en la implementación de esas medidas. Espero que cumpla con lo encargado por la Corte Suprema y la SMA en los plazos estipulados, ya que estás medidas son indispensables para aliviar el malestar de la ciudadanía del sector. Pero la solución definitiva parte con la presentación del proyecto de remediación y que este pase por el sistema de evaluación ambiental", dijo.
¿Abandono de deberes?
Para el abogado Mauricio Miranda, si el municipio no cumple con lo estipulado, ya sea con la resolución de la Corte Suprema o lo dictado por la SMA, estaría produciéndose un abandono de deberes por parte del alcalde.
"La Corte Suprema ya se pronunció, por lo que tienen que pasar unos días para devolver el expediente a la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Cuando llegue el expediente va a sacar una resolución que se denomina "cúmplase", cuando eso pase, el alcalde tiene cinco días hábiles, o el plazo de que dice la sentencia, para cumplir con lo que le ordenaron, si no, claramente podría haber un desacato, porque desobedece una orden judicial".
Agregó que "el solo hecho que el alcalde tenga que actuar porque un tribunal se lo dice, ya es suficiente para configurar un abandono de deberes, pero eso no opera de forma automática y hay que hacer una solicitud en un tribunal para acusarlo de abandono de deberes", explicó.