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Ciberseguridad en Chile
La ciberseguridad se ha vuelto una temática prioritaria. En 2021, los países de América Latina y el Caribe experimentaron más de 28.900 millones de intentos de ciberataque, representando un aumento del 600% respecto a 2020.
Resulta alarmante que solucionar esta catástrofe no esté en las prioridades de nuestros representantes.
Por fortuna, diversas instituciones no estatales, como las universidades, están tomando el liderazgo. Por desgracia, no es suficiente y necesitamos un nuevo marco regulatorio.
¿Tendremos que esperar nuevas masivas filtraciones de información personal para que las autoridades se tomen este asunto en serio?
Juan Pablo Sims, Centro de Estudios de Relaciones Internacionales UDD
Legitimidad
Uno de los factores que le otorgan legitimidad al aparato estatal es su capacidad de resolver los problemas que aquejan a la ciudadanía. Según LIPSET (1987), cuando las instituciones públicas, de forma reiterada, se estancan y no logran dar soluciones eficientes a las urgencias de las personas es que estas (las instituciones) terminan dañando su legitimidad frente a la ciudadanía. Por esto, es importante el acuerdo constitucional al que ha llegado el Congreso, es importante que los parlamentarios demuestren la capacidad de dialogar y hacer política con el fin de avanzar en materia legislativa. Asimismo es importante que el nuevo proceso constituyente llegue a buen puerto, mostrándole a las personas lo importante de mantener un espíritu republicano. Sin embargo, hay una interrogante que ha aparecido en la mente de los ciudadanos luego del anuncio de este lunes. ¿Cuándo se llegará a un acuerdo de esta misma envergadura para dar solución a las urgencias sociales?
Gabriel Mora Fundación para el Progreso
Sin stock
Las políticas de protección al consumidor, aunque funcionan, requieren de una mayor profundidad. Así lo demostró un reciente fallo de la Corte de Punta Arenas que confirmó la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de la misma ciudad, sobre una demanda contra un proveedor que ofreció un producto a través de un Marketplace muy conocido en el país. El productor hizo una oferta sin contar con el stock del producto, por lo que no sólo fue sancionado administrativamente por infracción a la LPDC, sino también condenado al pago de una indemnización por daño moral al consumidor.
La historia, bastante recurrente en tiempos de pandemia, se trata sobre un producto que, pese a haber sido pagado en su totalidad mediante la plataforma, no sólo no llegó para la fecha que la empresa prometió enviarlo, sino que no llegó jamás. Y, cuando la consumidora hizo su tercer reclamo, el proveedor sólo le ofreció una bonificación y la devolución del precio del producto. Sin embargo, la consumidora, no aceptó y, en su lugar, denunció la conducta ante el SERNAC.
Cabe preguntarse ¿funcionarán las plataformas extrajudiciales de resolución de conflictos en línea para proteger los derechos del consumidor? En la medida que la empresa tenga costos reputacionales -que afecten sus ventas futuras- este mecanismo funcionará, sin embargo, en otros casos se requerirá la intervención del SERNAC. Lo que queda por dilucidar es si el mercado será capaz de establecer un mecanismo eficiente de relación entre ambos mecanismos, o si se requerirá un cambio legislativo.
Betty Martínez-Cárdenas y Rodrigo Barcia Universidad Autónoma de Chile
La buena fe e insolvencia en la construcción
De público conocimiento es el grave panorama global en lo económico que particularmente ha golpeado a empresas constructoras. Entre otras razones, los efectos de la pandemia siguen generando alza de costos, retrasos y un largo etcétera.
Lo anterior trae problemas y así las empresas del rubro terminan participando tarde o temprano en algún método de solución de controversias o derechamente, frente a una inminente cesación de pagos, en un procedimiento concursal de reorganización o liquidación.
Cuando estas controversias han terminado en tribunales, sean ordinarios o arbitrales, los jueces consideran los elementos de cada caso, pero es común ver, en temas como el Covid u otros que conllevan un aumento inesperado de precio o plazo, que la buena fe es un elemento relevante a la hora de resolver.
Es el mismo espíritu que debe guiar a las partes que tienen problemas presentes. Resolver los conflictos con auténtica buena fe antes de judicializar, durante un procedimiento judicial, o incluso en el marco de una reorganización, puede llevar a evitar efectos desastrosos no solo para los involucrados directamente, sino también para las personas que rodean al negocio y para la economía del país.
Andrés Del Real V.