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perfeccionar lo que había mediante reformas parciales, manteniendo lo que funciona. Como diría Ítalo Calvino: "Ser sin dejar de devenir, devenir sin dejar de ser". Una misma norma con distintos colores equivale a una pintura antigua que ha sido retocada por pinceles de distintas épocas para no perder su frescura, intensidad y brillo con el paso del tiempo.
-Busca la "trazabilidad" de las normas, ocupando el término epidemiológico que la pandemia ha incorporado a nuestro vocabulario. ¿Las Constituciones son como un virus?
-Dado que el estudio fue hecho antes de la pandemia, es anecdótico que varios colegas me sugirieron no usar la palabra "trazabilidad" en el texto, porque era poco conocida. A estas alturas ya no hay dudas de lo que quería decir con esa palabra: buscar el origen de cada norma de nuestra Carta fundamental. Yendo a su pregunta, dependiendo de si son buenas o malas, las constituciones pueden ser una vacuna o un virus para una nación.
-El libro demuestra que la Constitución y casi cada una de sus normas proviene de fuentes incluso del siglo XIX. ¿Existe lo que podría llamarse una "tradición constitucional chilena" que se encarna en el texto?
-Me parece que sí. La Constitución actual tiene numerosas normas cuya redacción ha permanecido intacta por décadas, son preceptos que han sobrevivido guerras civiles y quiebres democráticos severos. Esas normas, algunas bastante fundamentales como las del siglo XIX y XX que le mencionaba, son parte de la tradición constitucional que todo país serio debería respetar. Así también lo han declarado los presidentes Frei Montalva, que hablaba de la "espina dorsal" de la Constitución, Lagos y Bachelet. La propia Gabriela Mistral calificaba a la Constitución como la "línea tónica" de nuestra historia, y decía que la "crianza chilena es la democracia en república".
-En la opción entre estabilidad o cambio de las normas fundamentales, usted pondera un "sano equilibrio" entre ellas. ¿Es otra manera de decir "Rechazo para reformar" o también puede haber ese equilibrio en una Convención constituyente?
-Efectivamente, "Rechazo para reformar" es una opción, y también lo es "Apruebo para respetar la tradición constitucional chilena". Ambas opciones son equilibradas, pero les ha faltado informar mejor a la ciudadanía. ¿Qué se quiere reformar o mantener? El silencio ante estas interrogantes genera un escenario de incertidumbre. Faltaron en la papeleta alternativas menos extremas y vagas que las del simple Apruebo o Rechazo, opciones relativas a materias específicas.
-Según cita en su estudio introductorio, desde Platón hasta los Beatles no parecen muy convencidos de los cambios constitucionales radicales. ¿Cuál es el peligro de ellos y no están moderados en nuestro caso por el mismo proceso constituyente con sus reglas?
-Los cambios radicales o disruptivos suelen estar alejados de las aspiraciones colectivas de la mayoría, razón por la cual tarde o temprano terminan desapareciendo, a veces a costa del sufrimiento de una o más generaciones. El proceso que enfrentamos es radical en lo formal, pues lo ideal es reformar y no revisar todo desde cero. Sin embargo, comparto que las reglas del proceso constituyente, en particular el quórum de 2/3 y el plebiscito de salida, moderan los riesgos de cambios radicales.
-¿Qué le parece la idea de "hoja en blanco" como mecanismo de creación constitucional?
-Me parece desproporcionada y costosa porque lo normal en los países serios y civilizados es la reforma. Con todo, comprendo que en el caso de Chile la resistencia por años de un sector político a discutir desde cero algunas normas de la Constitución que no fueron introducidas democráticamente, me refiero a las de 1980, ha llevado a un proceso como el que estamos viviendo. Por eso que lo ideal habría sido plebiscitar esas normas y no el texto bicentenario que nos rige.
-La Constitución de 1980 se planteó con ánimo refundacional y no reformista, y sin embargo mantuvo aspectos previos. ¿Acaso es imposible partir totalmente de cero, por más que se quiera?
-La Constitución de 1980 tuvo un ánimo refundacional pero fue más bien una reforma porque respetó gran parte de nuestra tradición constitucional. Pienso que es difícil partir de cero, sobre todo si se dispone de nueve meses apenas para redactar una nueva Constitución y existen tratados internacionales que fijan un mínimo de garantías. Me parece que el riesgo, más que de disrupción total, es el de una Constitución de peor calidad o de mayor vaguedad que la que tenemos, fruto de transacciones burdas, o falta de acuerdos que lleven a silencios importantes. En todo caso, es un riesgo que puede ser mitigado con la elección de convencionales capacitados para asumir esa tarea.
-Según su investigación la "Constitución de 1980" es un 30% aproximadamente del texto actual. ¿Es inapropiado entonces considerarla la Constitución de Pinochet?
-La Constitución actual no es la de Pinochet en lo formal, porque el decreto que la contiene fue suscrito por el Presidente Lagos, ni desde un punto de vista material, porque sus normas representan apenas ese porcentaje. El resto de las normas proviene del siglo XIX y primera mitad de los siglos XX y XXI. Lo dijo Patricio Aylwin con el mismo énfasis en una entrevista televisada para el Museo de la Memoria disponible en internet. Pienso que los constituyentes de 1833 y 1925 se reirían de saber que sus aportes terminarían siendo atribuidos a un General que gobernó Chile a fines del siglo XX. En todo caso, no conviene remitirse sólo a lo porcentual, porque pocas normas podrían introducir cambios relevantes.
-Esa es la crítica que se ha planteado a la Constitución actual, que es "tramposa", con un diseño institucional que no respeta las mayorías con pocos mecanismos, tres de los cuales subsisten: el quórum de leyes orgánicas constitucionales, la competencia preventiva del Tribunal Constitucional y el quórum de reforma constitucional. ¿Tiene algo de razón esa postura?
-Pienso que, de los mecanismos contramayoritarios que subsisten, el más cuestionable es el control preventivo de leyes por el Tribunal Constitucional. Lo del quórum especial para ciertas leyes es un tema más opinable o cambiable. Todo depende de qué tan sujeto a los avatares de la contingencia o de las mayorías circunstanciales queremos que estén los asuntos legales más relacionados con la Constitución. En cambio, no comparto la crítica al quórum supramayoritario de reforma a la Constitución, porque la Constitución existe precisamente para limitar el poder del legislador, entre otros. Si se quisiera una Constitución modificable por mayoría simple, en ese caso mejor tener solo leyes sin Constitución.
-Pero, ¿había en la Constitución de 1980 aspectos antidemocráticos y ajenos a la tradición, como los senadores designados o la inamovilidad de comandantes en jefe y, por eso, está bien que se hayan cambiado esas normas?
-Pienso que sí, y ese es el mejor ejemplo de que las normas contrarias a la tradición constitucional chilena, tarde o temprano, terminan siendo derogadas. En todo caso, parece preciso rescatar la idea que había detrás de los senadores designados sin afectar su origen democrático. Una posibilidad sería mejorar los requisitos de acceso a ciertos cargos públicos, para asegurarse de que estén integrados por ciudadanos de probada virtud y calidad como estadistas. Pienso que parte del desprestigio de las instituciones políticas y la desconfianza de la ciudadanía hacia ellas se debe a la falta de mejores filtros para acceder a las altas magistraturas de la República. Artistóteles decía que la mejor Constitución es aquella que logra armonizar la monarquía con la aristocracia de la virtud o del mérito y la democracia. La Constitución británica es un buen ejemplo de aquello. Tal vez debamos revisar mejor los requisitos de acceso al poder para que la ciudadanía recupere la confianza en sus autoridades.
-En el caso de parlamentarios, ¿aumentar requisitos no iría contra principios básicos de representatividad, igualdad y democracia para optar a serlo?
-Puede ser, por eso habría que pensarlo bien. A lo mejor bastaría con mejorar la información que se tiene respecto de las opiniones y trayectoria de los candidatos, para que el votante no sea confundido con simples consignas o con campañas publicitarias millonarias. Lo importante es que esos principios que usted menciona no son los únicos en juego. Desde la Roma antigua se estima que quienes ocupan cargos públicos deben tener una virtud, ciencia y prudencia superior a la de los simples ciudadanos, para que estos puedan confiar en sus autoridades. Piense en la definición de "estadista" que da el diccionario: "persona con gran saber y experiencia en los asuntos del Estado". Es un tema de legitimidad que surge con especial fuerza cuando los sistemas electorales permiten la elección por listas donde un representante querido por el electorado arrastra a otros menos conocidos.
-¿Qué normas de esta Constitución deberían mantenerse en la próxima, en caso de haberla?
-Varias de las normas de la Constitución de 1980 que permanecen vigentes son útiles y relevantes, al punto que fueron copiadas por el proyecto constitucional de la Presidenta Bachelet. Me refiero a las normas que avanzan en la protección de las libertades y derechos sociales de las personas.
-¿Podría ejemplificar con algunos aspectos que cree deberán continuar con nueva Constitución o con reforma?
-El derecho a la vida del que está por nacer, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, el derecho a desarrollar actividades económicas, la igualdad de trato del Estado en materia económica, el pago al contado de las expropiaciones, el respeto al núcleo esencial de los derechos, y el recurso de protección. También, mantendría el resguardo de los cuerpos intermedios, y el deber del Estado de dar protección a la población y de asegurar la igualdad de oportunidades de participar en la vida nacional. Asimismo, el deber estatal de asegurar un desarrollo más equitativo y armónico de las regiones para evitar el centralismo. Mencionaría también el deber estatal de garantizar la salud, la educación y la seguridad social de las personas para asegurar una vida digna.
-Las Constituciones chilenas han sido tradicionalmente presidencialistas. ¿Es poco razonable abordar en este proceso el cambio del régimen de gobierno?
-No soy partidario de sustituir sino de perfeccionar el régimen presidencial de gobierno, elemento estructural de nuestra identidad constitucional. Pienso que los problemas de desgobierno que hemos tenido históricamente se deben, en parte, al interés de avanzar hacia un semi-presidencialismo o parlamentarismo de facto sin contar con partidos políticos profesionales, cohesionados y disciplinados. Nuestra idiosincracia no lo permite. ¿Cómo promover un sistema parlamentario eficaz con los niveles de desencuentro recíproco entre los líderes de los partidos y sus bases o parlamentarios que exhibe Chile hoy en día?
-Señala que "una buena síntesis de identidad y cambio son aquellas modificaciones destinadas a garantizar derechos de segunda generación". Pero uno de los puntos que se critica a la Constitución actual es su tratamiento de algunos derechos económicos y sociales. ¿Cree que es bueno avanzar en hacerlos exigibles y no como simples "libertades"?
-Sería bueno que la Constitución otorgue un mandato más claro o preciso al legislador en materia de derechos sociales, aunque sin perder realismo ni excluir el aporte de la sociedad civil, para no caer en utopías que, a la larga, terminan por desprestigiar la norma y generar frustración. No debe perderse de vista que sólo al legislador corresponde concretar los derechos sociales porque, a diferencia de las garantías clásicas, exigen una inversión planificada de fondos públicos. Sólo una vez definidos por el legislador, las personas podrán exigirlos al prestador estatal o privado debidamente compensado mediante recursos administrativos o judiciales eficientes. Esta es la exigibilidad que corresponde mejorar. No soy partidario de que las autoridades administrativas o los jueces terminen reconociendo derechos sociales caso a caso en ausencia de ley, porque sería antidemocrático y riesgoso en términos de populismo, discriminación arbitraria o déficit fiscal. Y si el Gobierno o el Congreso no cumpliera de modo suficiente con el mandato constitucional, el modo de exigirlo sería renovando a las autoridades en las elecciones periódicas. Abraham Lincoln decía que el pueblo es el dueño legítimo tanto de los Congresos, como de los tribunales, no para derrocar la Constitución, sino para derrocar a los hombres que la pervierten.
-La contribución a la historia normativa de las fuentes es útil tanto para quienes están por el Apruebo como por el Rechazo?
-Así es. Mi trabajo quiere ser un aporte académico a la discusión constitucional. Más allá de las ideologías y de las posiciones contingentes. Ahí están los textos que entrega la historia para su debida valoración y aprovechamiento en cualquiera de los escenarios que depare el plebiscito. La razón debería imperar para no desperdiciar nada de lo bueno.
-En caso de ganar el Apruebo, ¿qué considera mejor para el órgano que la redacte: mezcla de parlamentarios y ciudadanos elegidos o convencionales totalmente elegidos?
-Son múltiples las variables que hay que conjugar. Estoy en eso. Al respecto, si me permite esta digresión, si triunfa la opción Apruebo, pienso que los medios de comunicación local tienen un rol fundamental que cumplir en informar a la población sobre lo que piensan sus candidatos a la Convención más allá de las consignas. Sólo de esa manera el voto de los ciudadanos será debidamente informado.