Redacción
Finalmente el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad del decreto de ley 3.500 de las AFPs, el cual había sido solicitado por la Corte de Apelaciones de Antofagasta en el caso de la profesora María Ojeda, quien solicita que se le devuelva la totalidad de sus fondos ahorrados en la AFP Cuprum.
El rechazo del tribunal fue por unanimidad (9-0) y los argumentos serán presentados en la sentencia respectiva.
La solicitud de la Corte de Apelaciones de Antofagasta se basaba en la contradicción entre el decreto de ley y la misma Constitución, que protege la propiedad privada.
El rechazo afecta las posibilidades de que el recurso de protección presentado por la profesora, sea aceptado en la Corte de Apelaciones de Antofagasta.
Argumentos
Ayer se efectuaron los alegatos en el Tribunal Constitucional, en que intervinieron representantes de las AFP Cuprum y Hábitat, de las que son afiliadas Ojeda y Beatriz Valenzuela (una enfermera de Punta Arenas que también aspira a retirar sus fondos); así como abogadas de las demandantes y del gobierno. El Ejecutivo pidió el rechazo de los requerimientos.
El abogado representante de Cuprum, Jorge Correa Sutil, planteó que "si el decreto ley 3.500 es una buena fórmula de seguridad social para Chile o una pésima, tal debate solo puede y debe desarrollarse en el Congreso Nacional. Traer ese debate de política pública a estrados judiciales constituye un error jurídico de magnitudes, que confunde lo que es propio de la política con lo que es propio de la justicia".
Rodrigo Díaz de Valdés, por AFP Habitat, dijo que en el caso de que se permita retirar anticipadamente los fondos de pensiones, "se va a producir un déficit que va a afectar a las personas de menores ingresos", porque no se dispondrá de recursos suficientes para asegurar su previsión.
Las solicitantes fueron defendidas por los abogados José Luis Ugarte, Javiera Aravena, Fernando Atria, quienes aseguraron que los fondos pertenecen a los afiliados. El de pensiones "no es un sistema de seguridad social, porque no es un sistema ni de seguro ni social", sino "de ahorro forzoso individual", planteó Atria.
"Si somos propietarios, vamos a intentar que este ahorro vaya al financiamiento de un pago de pensiones en un nuevo sistema previsional. Si no somos propietarios, es mucho más fácil que avancemos a un nuevo sistema, un verdadero sistema público de pensiones, que es lo que demanda la ciudadanía de todo el país", dijo Luis Mesina, vocero de No+AFP presente en el TC.
Caso
El caso se remonta a septiembre de este año, cuando la Corte de Apelaciones de Antofagasta envió un requerimiento de inaplicabilidad al Tribunal Constitucional (TC), después que revisara el recurso de protección presentado por la profesora antofagastina María Ojeda.
La profesora pide en ese recurso, que la AFP Cuprum le devuelva la totalidad de sus fondos, debido a que su jubilación actual no le alcanza siquiera para pagar su hipoteca.
Luego la Corte de Apelaciones de Punta Arenas repitió lo efectuado por su par antofagastina, y también envió el requerimiento de inaplicabilidad al TC, esta vez por el caso de una enfermera de Punta Arenas, Beatriz Valenzuela, que solicita que la AFP Hábitat le entregue parte de sus fondos.
Ambas cortes solicitaban que el TC se pronuncie si hay una contradicción entre el derecho a propiedad y el Decreto de Ley 3.500 de las AFPs.