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Independientes y partidos de centro-izquierda serán mayoría en los concejos municipales de la región

CARGOS. Los partidos oficialistas fueron los grandes derrotados de los comicios.
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Sin duda que la irrupción de los candidatos independientes fue el fenómeno que marcó las elecciones del pasado 15 y 16 de mayo, remeciendo así el panorama político tradicional con la participación de nuevos actores.

El ejemplo más claro de esta nueva tendencia se dio en la elección de constituyentes, instancia en la que los candidatos independientes aseguraron 65 de los 155 escaños para redactar la nueva Carta Magna, arrebatándoles el protagonismo que por años han tenido las fuerzas políticas tradicionales.

A ello se suma que más de un centenar de los municipios del país serán administrados por alcaldes independientes que no participaron de ningún pacto político.

Por ejemplo, en el caso de la región de Antofagasta, de las nueve comunas en disputa, en siete de ellas fueron electos alcaldes independientes.

En tanto, en la elección de concejales también destaca la presencia de independientes en el escenario político regional. En el detalle, de los 60 puestos para integrar los 9 concejos municipales, 24 serán ocupados por independientes, aunque cabe aclarar que 22 de ellos resultaron electos integrando listas de partidos.

A nivel de coaliciones políticas, los partidos de derecha agrupados en Chile Vamos fueron los más perjudicados a la hora de sumar concejales electos. En total, el oficialismo solo consiguió posicionar a nueve ediles que militan en partidos, seis RN y tres UDI, además de otros ocho concejales independientes que compitieron al alero del conglomerado.

Por su parte, las fuerzas políticas de centro izquierda obtuvieron 41 puestos de concejal, siendo 14 de ellos independientes con cupo de partidos políticos. Entre los partidos tradicionales que más ediles sumaron están el Partido Socialista (8) y la Democracia Cristiana (4).

No obstante, la gran sorpresa de las elecciones la dio el Frente Regionalista Verde Social (FRVS), colectividad que logró que fueran elegidos seis ediles, sumando además la alcaldía de Calama la que será administrada a partir del 28 de julio por el alcalde electo Eliecer Chamorro.

A nivel nacional, el FRVS, partido presidido por el diputado Jaime Mulet, obtuvo cuatro convencionales constituyentes elegidos, tres alcaldes y 50 concejales.

Otra de las irrupciones que llamó la atención en estos comicios fue la elección como concejala por la comuna de Antofagasta de la candidata del Partido de Trabajadores Revolucionarios (PTR), Natalia Sánchez, médica de la Unidad de Urgencias del Hospital Regional de Antofagasta y organizadora de la brigada de rescate en el Comité de Emergencia y Resguardo, colectividad que por primera vez ocupará un lugar el concejo municipal de la capital regional.

La elección de constituyentes en el distrito 3 también estuvo marcada por los candidatos independientes. De los cuatro escaños que le corresponden a la región, además del cupo para pueblos originarios, dos recayeron en independientes.

Se trata de la académica e investigadora de la Universidad de Antofagasta, Cristina Dorador, quien alcanzó un escaño en la Convención Constitucional, apoyada por la lista Movimiento Independientes del Norte.

La otra constituyente fuera de partidos es Dayyana González Araya, 33 años, dirigente social y profesora de Historia y Geografía, quien integró el pacto Lista del Pueblo.

Tribunal absolvió a acusado por desórdenes y porte de elemento explosivo

DICTAMEN. Ministerio Público no logró acreditar los delitos imputados.
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta decretó la absolución de Ariel Ricardo Cangana Díaz de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, que lo sindicaba como autor de los delitos consumados de desórdenes públicos y porte de elementos explosivos y artefactos de uso industrial. Ilícitos supuestamente cometidos en noviembre de 2019, en la ciudad.

En fallo unánime, el tribunal -integrado por los magistrados Patricia Alvarado Padilla (presidenta), Juan Salgado Vásquez y Paula Ortiz Saavedra (redactora)- estableció que los hechos acreditados en el juicio no dan cuenta de que el acusado estuviera obstaculizando el tránsito con barricadas y portando elementos explosivos y de uso industrial, en los términos propuestos en la acusación fiscal.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 20 horas del 19 de noviembre de 2019, "personal de Carabineros concurrió al sector de calle Matta esquina Maipú de esta ciudad, en el contexto del denominado estallido social, se percataron que el acusado, posteriormente identificado como Ariel Cangana Díaz, se hallaba en el sector realizando desórdenes, por lo que fue detenido, momento en que entregó dos bombas de humo, marca Superior Smoke, de uso industrial, pero no explosivas".

"Tal como se explicó, los antecedentes probatorios de cargo resultaron ser insuficientes y contradictorios, para comprobar los supuestos fácticos concretos reseñados en la acusación y que fuera debidamente transcrita en el considerando segundo de la presente sentencia", expone el fallo.

La resolución agrega que: "Así las cosas, los únicos sucesos que se han dado por justificados, responden a una libre apreciación de la prueba allegada al juicio, y entendiendo que en esta labor no se ha producido contravención alguna a los principios de la lógica, a las máximas de experiencia, ni a los conocimientos científicamente afianzados".

"De esta manera y, teniendo presente además lo previsto en los artículos 297 y 340 del Código Procesal Penal, no procede sino absolver al incriminado de la acusación propuesta, acogiéndose así, sin mayores dilaciones, la pretensión que en este sentido formuló su defensa", concluye.