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Dos crisis que exigen encuentro

El denominado conflicto mapuche y el derivado de la crisis social, son profundamente políticos y reveladores de la crisis de legitimidad de los acuerdos. No hay comprensión, no hay conversación, pero sí un reduccionismo total que apenas tiene por objetivo y conclusión reafirmar sus propias convicciones.
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Como problemas de orden público y seguridad han sido catalogadas dos de las más graves dificultades que enfrenta el país en la actualidad: el denominado conflicto mapuche y el de la crisis o estallido social.

Los asuntos, mirándolos casi exclusivamente desde esa óptica, ha terminado amplificando las diferencias, empeorando la seguridad y la paz social y dejando una sensación de desamparo y ausencia del Estado y sus poderes en varios espacios.

Ambos tópicos son críticos y revelan, tanto el fracaso de lo público, a la hora de comprender qué está ocurriendo en el país, como de los organismos de seguridad para prevenir y hacer inteligencia real para enfrentar la violencia que padece la ciudadanía.

Hasta ahora vemos más atentados, más violencia, muertes y un escenario donde las personas comienzan a observarse como enemigos y no como sujetos con pensamientos distintos que pueden convivir. El símil con lo ocurrido a partir del 18 de octubre de 2019 es patente y una muestra de la poca flexibilidad de los organismos de la república para entender fenómenos complejos. Y es necesario recordar que hay muchos otros pendientes, como el relacionamiento con la minería y las grandes empresas, la élite, la inmigración, el cambio climático, la educación y las pensiones y cada uno de los estamentos que componen una sociedad heterogénea y en cambio.

No hay comprensión, no hay conversación, pero sí un reduccionismo total que apenas tiene por objetivo y conclusión reafirmar sus propias convicciones, lo que impide buscar soluciones , en tanto pocos están dispuestos a desafiar sus propias certezas confundidas con verdades.

Lo relevante de todo esto es que Chile y sus autoridades deben ser capaces de enfrentar, por complejo que esto sea esta serie de incordios, con el objetivo de alcanzar criterios mínimos y que seguramente puede que no sean los que hemos visto hasta ahora. Es efectivo que se trata de un desafío para toda la sociedad, pero que debe ser liderada por las autoridades.

Y la clave no es otra que dialogar y seguir conversando, porque esta es la forma en la que las democracias resuelven sus procesos sociales.

Presuntas desgracias

"Las denuncias por presunta desgracia deben hacerse a penas se tengan dudas sobre el paradero de un ser querido". General Gonzalo Castro Tiska, Jefe IIa. Zona de Carabineros Antofagasta
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Estos días todo Chile ha sido testigo de la desesperada búsqueda del pequeño Tomas en la Región del Biobio, acciones que ha unido los esfuerzos y el trabajo incansable de autoridades, Fuerzas Armadas, Carabineros, PDI, Bomberos, ONGs, voluntarios, vecinos y más, en la búsqueda de una pista que de una luz de esperanza y permita su encuentro.

Sin dudas que la pérdida de un ser querido o desconocer su paradero es un dolor y una incertidumbre indescriptible que invade a las familias y amigos. Lo hemos visto en la angustia de la familia de Tomas de toda la comunidad.

Carabineros de Chile ha hecho suyo ese sufrimiento y por lo mismo se han dispuesto recursos humanos y logísticos para la búsqueda del pequeño.

Pero este no es el único caso registrado y nuestra Región no es la excepción, es así que durante el 2020 se recepcionaron 959 denuncias por Presuntas Desgracias y de éstas Carabineros, gracias al despliegue y trabajo coordinado de las unidades operativas y especializadas, aclaró el 90%, llevando tranquilidad a más de 850 familias. Respecto de las que están pendientes, nuestro compromiso con las familias nos exige a seguir, preocupándonos y ocupándonos, con el fin de encontrar nuevos antecedentes que nos permitan dar con el paradero de quienes aún no se tiene noticias.

Si bien las razones o circunstancias del extravío de una persona, pueden ser variadas, eso no es impedimento para que Carabineros trabaje en su búsqueda con la misma dedicación y compromiso.

Para ello contamos en cada Comisaría con Carabineros capacitados que conforman las Oficinas de Presuntas Desgracias, asimismo las Secciones de Encargo y Búsqueda de Antofagasta y El Loa cuentan con patrullas de búsqueda de personas, a esto se suma un moderno sistema en línea con todas la unidades del país, que concentra la información proporcionada por los denunciantes y que permitirán orientar de mejor forma la búsqueda

Respecto a cómo se trabaja, inmediatamente recibida la información, ésta se difunde vía radial, a través de la Central de Comunicaciones, CENCO, a todos los Carabineros que están en la calle, acción que se repite constantemente, en forma paralela se despliegan diligencias específicas, como recopilación de antecedentes, acotando los círculos en que comúnmente se desenvuelve la persona extraviada, también se recoge información en centros asistenciales, penitenciarios, Instituto Médico Legal y otros servicios públicos.

Por esta razón es sumamente importante que la comunidad tenga en cuenta que, contrariamente a lo que se cree, las denuncias por presunta desgracia deben hacerse a penas se tengan dudas sobre el paradero de un ser querido y no esperar las 24 horas como erróneamente se cree, el tiempo para iniciar el trabajo de búsqueda es importante.

La denuncia la pueden realizar familiares o amigos, no es necesaria una relación de parentesco, para ello sólo deben concurrir a la unidad de Carabineros más próxima a sus domicilios.

Control de convencionalidad y proceso penal

"Se descarta que el control interno de convencionalidad sea una creación jurisprudencial de la Corte Interamericana sin sustento". Luciano Cisternas, Unidad de Estudios, Defensoría Regional de Antofagasta
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La Defensoría Penal Pública es una institución caracterizada por enfocar su labor hacia la protección de los derechos humanos en todas las etapas del proceso penal. Así se aprecia en el tratamiento de la prisión preventiva, la defensa en comisarías y en cada uno de los capítulos de defensa especializada (penitenciaria, adolescentes, indígenas, etc.), en que la defensa ha enfatizado la necesidad de concretar el «control interno de convencionalidad» conforme a la Convención Americana de Derechos Humanos y a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El «control interno de convencionalidad» alude a la potestad reconocida a todos los órganos jurisdiccionales de un país para verificar que los actos internos del Estado se adecuen a la normativa internacional de Derechos Humanos. Su fundamento radica principalmente en el artículo 2 de la Convención Americana, que subraya que la adecuación convencional por parte de los Estados puede concretarse no sólo mediante medidas legislativas, sino también mediante «medidas de otro carácter», como mecanismo alternativo a la adecuación normativa o legal y como un claro llamado a la optimización de la protección de los derechos humanos.

Así, se descarta que el control interno de convencionalidad sea una creación jurisprudencial de la Corte Interamericana sin sustento en la propia Convención Americana o que subyazca implícitamente en la misma. Por el contrario, no puede sino compartirse que la concepción y desarrollo del control interno de convencionalidad concreta un mandato expresamente previsto en este tratado internacional, el que fue suscrito por nuestro país y respecto de la cual no se formuló reserva.

Lo anterior tiene especial importancia en materia penal y procesal penal, ámbito en el que históricamente se han tensionado con mayor intensidad los derechos y garantías de las personas y el afán de protección, seguridad y persecución delictiva por parte del Estado. Así, ha sido en este ámbito en el que la Corte Interamericana, en el Caso Norín Catrimán y otros vs. Chile, cuestionó la regulación y aplicación de la prisión preventiva y evidenció la irracional e injusta regulación de la Ley Antiterrorista.

La labor de la Corte Interamericana ha sido encomiable en este ámbito, por cuanto fue necesario su pronunciamiento para que las autoridades nacionales (gobernantes, jueces y legisladores) recién asumieran la necesidad de revisar la normativa y la práctica judicial en dichas materias.