Los inicios de otra Historia
"Si bien queremos más Estado con más derechos garantizados en su contenido, a mediano y corto plazo, ¿dónde obtenemos las fuentes de financiamiento con una economía que terminará con una baja considerable en su crecimiento, un desempleo real de más del 20%, una deuda país que se está tomando el camino por elevarse por sobre el 35% del PIB, y con una pandemia que proyecta mucha incertidumbre? ". Pedro Céspedes y Cristián Zamorano, Abogado y académico / Doctor en Ciencia Política
Con el nacimiento de los Estados naciones surgió el problema respecto de a lo que hoy entendemos por principio de subsidariedad. En efecto, la cuestión del rol del Estado se transformó en un tema político central sólo a partir del momento en que el "Estado", como concepto, existe como tal y se desarrolla, sea en exceso, sea insuficientemente.
El principio de subsidiariedad no deja de despertar interés ni de generar discusiones. Ha sido ensalzado como la fórmula que resuelve los problemas del Estado restituyéndoles sus funciones y su ámbito de acción propio y, de la otra parte ha sido condenado, por varios, por poner en un lugar preeminente el egoísmo y la avaricia del ser humano, como motores de la vida social. Esta dicotomía, se hace presente, más aún en estos convulsionados tiempos, en que todos los actores sociales han puesto en duda el papel del Estado frente al cuerpo social y a la visión y misión que el mismo debe cumplir.
Los problemas de la subsidiariedad surgen desde su definición e ideologización. La búsqueda de una definición jurídica de este principio ha sido compleja y fruto de una larga evolución, marcada singularmente por el contenido político que se ha otorgado al término.
Para el filósofo alemán Hegel, el Estado puede contar con la acción de los grupos y, por ende, limitar sus intervenciones al mínimo necesario, es decir, a aquello que los grupos no pueden alcanzar por sí mismo, esto siendo cimiento de la idea liberal clásica. Sin embargo, han existido y existe una seria tendencia mundial, a cuestionar este descarnado concepto de Estado subsidiario o liberal. El nacimiento de los derechos económicos sociales, entendidos como una complementación de los derechos individuales y políticos, han buscado enriquecer de igual forma la dignidad e igualdad substantiva básica de todos los seres humanos, innovando con otras formas de Estado, entre ellas los llamados "Estado Benefactor", "État Providence", "Welfare State"…
Los derechos económicos, sociales y culturales participan de las condiciones de verdaderos derechos en la medida que tengan un reconocido contenido esencial, además de ser disposiciones constitucionales de principio, todo lo cual tiene, por objetivo, otorgar una mejor calidad de vida de las personas. Ellos implica necesariamente la existencia de un Estado activo promotor del bien común y regulador del proceso económico social, en menor o mayor parte dependiendo del enfoque dado. En el caso de algunos Estados subsidiarios, este proceso es entregado esencialmente a las fuerzas de libre mercado y a la sola iniciativa privada.
En la perspectiva del Estado Social, se asume la necesidad de brindar a la población un mínimo básico de bienestar que se compromete a entregar el Estado a través de prestaciones positivas respecto de las personas en salud, educación, condiciones laborales, seguridad social, sindicación, entre otras materias.
La concepción de Estado Social de Derecho en la actualidad no es únicamente aquel en que la Constitución en forma expresa y solemne determina en sus disposiciones la proclamación de un Estado Social y democrático de Derecho, como en España o Colombia. Lo trascendente es que el ordenamiento jurídico asegure derechos sociales y sus instituciones garantizadoras administrativas y jurisdiccionales, les den efecto directo al menos en su contenido esencial. Sea cual fuese el rumbo que el futuro proceso constituyente pueda tomar en nuestro país, este llevará inexorablemente a la discusión social respecto del fin, tamaño, forma y funcionamiento del Estado, en que áreas de la economía debe participar y cuáles sólo debe regular, y qué derechos deberá garantizar y amplificar.
Francis Fukuyama indicaba, en 2012, que una sociedad que conoce el éxito en un periodo histórico determinado, no conocerá indefinidamente ese mismo éxito. El declive y desgaste político es un fenómeno real. Si bien la democracia liberal puede ser considerada hoy como la forma de gobierno más legítima que sea, esta legitimidad es sin embargo condicionada por el rendimiento social de esta misma democracia. Y este rendimiento depende a su vez de la capacidad de mantener un equilibrio entre las exigencias de un acción estatal fuerte y la garantía de la protección de las libertades individuales… los fracasos de las democracias modernas son debidos a múltiples factores pero el malogro más frecuente en este "inicio" de siglo XXI es el que está ligado a la debilidad del Estado… y eso la crisis que indujo el Covid-19 lo ha dejado de manifiesto.
Parece ser que ya no basta con un Estado Liberal subsidiario; queda entonces realizada la pregunta, si bien queremos más Estado con más derechos garantizados en su contenido, a mediano y corto plazo, ¿ dónde obtenemos las fuentes de financiamiento con una economía que terminará con una baja considerable en su crecimiento, un desempleo real de más del 20%, una deuda país que se está tomando el camino por elevarse por sobre el 35% del PIB, y con una pandemia que proyecta mucha incertidumbre?