Compatible con el IFE y otros beneficios

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El texto establece que, mientras siga suspendido el funcionamiento de instituciones educacionales, jardines infantiles y salas cunas para el control de la pandemia, los trabajadores afiliados al seguro de desempleo que tengan el cuidado personal de uno o más niños nacidos desde 2013, podrán suspender los efectos del contrato de trabajo por tal motivo. Además, las prestaciones de esta ley son compatibles con el Ingreso Familiar de Emergencia y otros beneficios económicos.