Corte confirmó prisión preventiva para conductor
DELITO. Comerciante atropelló a siete personas en calle Baquedano.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la prisión preventiva de W.I.E.D., quien está imputado por el Ministerio Público como autor de siete delitos frustrados de homicidio simple.
El pasado jueves 21 de noviembre, el sujeto atropelló en su vehículo a manifestantes que bloqueaban la calzada de calle Baquedano, en el centro de la ciudad, provocando lesiones a siete personas.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Óscar Clavería Guzmán, Virginia Soublette Miranda y el abogado (i) Alexis Mondaca Miranda, negó las pretensiones de la defensa de W.I.E.D. y confirmó lo resuelto el domingo por el Juzgado de Garantía de Antofagasta, en el sentido que la libertad del imputado constituye un peligro para la sociedad.
De esta manera, el sujeto deberá continuar en prisión preventiva mientras se investiga su responsabilidad en los hechos que se imputan, y por los cuales arriesga una pena de entre 10 y 20 años de cárcel, según la fiscalía.
Dolo
Según la versión de los hechos expuesta el domingo por el fiscal Cristián Aguilar, cerca de las 19.30 horas del 21 de noviembre, el imputado subió a su vehículo con el objetivo de atacar a manifestantes que se encontraban en el sector cercano a una de las tiendas de las que es propietario.
En el trayecto zigzagueante que realizó por calle Baquedano, W.I.E.D. ocasionó lesiones de diversa consideración a por lo menos siete jóvenes que participaban en un enfrentamiento con Carabineros, a quienes embistió sorpresivamente con su automóvil.
Posteriormente el imputado habría conducido su vehículo hasta el sector sur de la ciudad, donde se entregó en una unidad policial.
El accionar del imputado fue registrado en videos que fueron subidos a redes sociales, y que fueron parte del material de prueba que utilizó la Fiscalía durante la audiencia de formalización.
Fue precisamente la entrega voluntaria del imputado en la unidad policial, uno de los argumentos para cuestionar la medida cautelar aplicada, lo que no fue acogido.
La abogada asesora del Ministerio Público, Ximena Torres, explicó que la Corte respaldó la tesis de la Fiscalía en cuanto a que el imputado había actuado con dolo, es decir, con la intencionalidad de matar. "Por lo tanto, al existir dolor, hay delito de homicidio frustrado simple", dijo.