La Corte de Apelaciones de Antofagasta nuevamente acogió un recurso contra el Hospital Regional, obligando al recinto a entregar atención gratuita a una paciente migrante con un embarazo de riesgo.
El recurso de protección fue interpuesto por las estudiantes de Derecho Gabriela Paiva y Bianca Arpe de la ONG Migr-Acción en favor de Daina Jaldin, una ciudadana boliviana que presenta un embarazo complejo debido a que al feto se le detectó Síndrome de Down.
Según lo informado por Migr-Acción, Daina mantiene una orden de expulsión, por haber trabajado en forma remunerada pero teniendo visa de turista. "En la Gobernación Provincial de Antofagasta le negaron la posibilidad de regularizar su situación migratoria, por mantener aún vigente la medida de expulsión, situación que la deja en una doble situación de vulnerabilidad, pues, en primer lugar, dificulta su acceso a prestaciones de salud por la negativa de las entidades correspondientes, lo que ha ocasionado la imposibilidad de controlar su embarazo, siendo necesaria su atención en el Hospital Regional de forma particular. Y como corolario, al no poder trabajar, no tiene los recursos necesarios para subsistir y pagar el valor de las consultas médicas y exámenes necesarios en su estado de gravidez", dice el texto del recurso de protección.
Diagnóstico
En su primera atención médica, la cual debió ser costeada por ella misma, se le diagnóstico al feto Síndrome de Down. El médico tratante le explicó que por la gravedad de su estado, debía trasladarse a efectuarse exámenes en Santiago. Esto no pudo llevarlo a cabo por no contar con los recursos económicos.
En exámenes efectuados en marzo de este año se le detectan otra serie de problemas como asimetría de cavidades cardiacas, calcificaciones hepáticas difusas y quiste de cordón umbilical. Según las abogadas recurrentes, "el condicionamiento de un pago previo para la prestación de las atenciones necesarias supone en definitiva una negativa de la atención médica requerida por la afectada, al haber sido calificado su embarazo como de alto riesgo".
Desde el hospital contestaron a la Corte de Apelaciones que a la paciente se le han entregado las atenciones requeridas "sin que se le haya negado ni condicionado su atención médica por deuda alguna". No obstante, estas atenciones le han generado una deuda a la afectada.
También se reconoce que su situación migratoria le hace imposible ingresar a Fonasa, debido a la falta de un RUT, y por consiguiente no ha podido ser derivada a CERPO- Santiago, a realizarse un examen que dé mayor certeza del cuadro ya diagnosticado.
La sala de la Corte que revisó esta causa, integrada por los ministros Myriam Urbina, Jasna Pavlich y Oscar Clavería, estimó que "el actuar del Hospital Regional de Antofagasta, al no dar atención gratuita a la embarazada de alto riesgo, resulta ilegal por no respetar la normativa legal vigente, sin que la circunstancia de carecer de un número de RUT, justifique el impedimento de su ingreso a los registros administrativos y/o afiliación al Fondo Nacional de Salud".
A su vez, en la sentencia entregada la semana pasada se ordena al hospital "adoptar de inmediato todas las medidas necesarias que permitan gratuitamente dar la debida protección de la vida a Daina Jaldin y al que está por nacer de acuerdo al embarazo de alto riesgo que porta, disponiendo si fuese necesario las medidas que impliquen incluso su traslado a centros hospitalarios idóneos y que tengan la capacidad de asegurar el desarrollo del embarazo".