Corte ordena a autoridades instaurar mesa para encargarse del exvertedero
CIUDAD. Nuevamente el tribunal se pronuncia por este sector. Ahora, ordenó a la DPR, Municipalidad, GORE y seremis para abordar la crisis del lugar.
Nuevamente el caso del exvertedero La Chimba aparece en la agenda del Poder Judicial. Esta vez porque la Corte de Apelaciones acogió un recurso de protección interpuesto por vecinos del sector, y ordenó al Gobierno Regional, Delegación Presidencial, Municipalidad de Antofagasta, y las seremis de Bienes Nacionales y de Salud a "coordinar la constitución de una mesa de trabajo en el plazo de 30 días desde ejecutoriada que sea esta sentencia", para abordar la situación del polémico terreno.
En concreto, la corte ordenó a las autoridades a "evaluar el estado actual del sector del ex vertedero municipal y sus alrededores", también a "coordinar un operativo de limpieza con el objeto de erradicar los microbasurales existentes en el sector, tomando como referencia el operativo informado por la Delegación Presidencial realizado en el año 2023 y evaluar la necesidad de su periodicidad". Por último, el tribunal mandató "evaluar la adopción de otras medidas que resulten pertinentes hasta el efectivo cierre y concreción del plan de remediación aún pendiente de ejecución".
El recurso
En concreto, el recurso de protección fue presentado por el Comité de Adelanto y Seguridad Vecinos San Marcos Etapa III y la Junta de Vecinos Portal Vientos del Norte de Antofagasta. Originalmente, la acción judicial era en contra de las autoridades antes mencionadas, pero también se incluía al Ferrocarril Antofagasta a Bolivia y a la Segunda Zona de Carabineros. No obstante, estos dos últimos actores no fueron incluidos en el fallo de la Corte de Apelaciones.
Como sea, las comunidades acusaron a las autoridades por "su actuar omisivo, arbitrario e ilegal", esto porque, argumentan, dichos actores han incumplido sus obligaciones legales ante la situación del exvertedero municipal y sus alrededores, "consistentes en el vertimiento ilegal y quemas de basura, emisión de gases tóxicos y presencia de diversos vectores, vulnerando así los derechos garantizados por el articulo 19 N° 1 y 8 de la Constitución Política de la República", que apuntan al "derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona" y "el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación", respectivamente.
El recurso solicitaba distintas acciones. Por ejemplo, pedía a la corte ordenar a la municipalidad, al FCAB, al Gobierno Regional y a la seremi de Salud coordinar operativos de limpiezas mensuales en el sector. También solicitaba mandatar a Bienes Nacionales construir y mantener cierres perimetrales en los sitios eriazos cercanos al gran basural. En tanto, se pedía que Carabineros retirara "de circulación a todos los vehículos que sean sorprendidos vertiendo basura en el área indicada por este recurso y trasladarlos hasta el espacio destinado como depósito o corral de vehículos municipal, otorgando un plazo de 30 días para implementar esta medida".
Parcial
La Corte de Apelaciones decidió no acoger algunos puntos. Primero, se desprende del fallo que "ya se encuentra construido el cierre perimetral del vertedero propiamente y existe custodia del lugar por guardias que impiden el ingreso al lugar, se estima inoficioso renovar el debate respecto las infracciones atribuidas a la recurrida Municipalidad de Antofagasta".
Sobre la ilegalidad que se le atribuye a Ferrocarriles Antofagasta a Bolivia, la corte estableció que la compañía solo está obligada a "mantener expedito y libre el tránsito de los trenes por la línea férrea a fin de cumplir la finalidad que le es propia, obligación que categóricamente señala dar cumplimiento la recurrida, incluso más allá de sus obligaciones legales, afirmando realizar periódicamente operativos de limpieza con este objetivo, el último de ellos ejecutado en mayo del presente año, incorporando a su informe imágenes que dan cuenta de su realización, lo no que no permite asentar la existencia de ilegalidad o arbitrariedad en su actuar, por lo que se rechazará el recurso a su respecto".
En todo caso, los ministros indicaron que, ante el creciente desarrollo inmobiliario, y que siguen y proliferan los microbasurales, en donde se genera emanación de gases tóxicos derivados de las quemas ilegales, "hace indispensable la adecuada coordinación de las autoridades para gestionar la realización de medidas como la señalada en el motivo precedente".
Y, finalmente, se desprende que "no se hará lugar a las demás medidas solicitadas por los recurrentes, desde que aquellas dicen relación derechamente con la dirección de la política pública y la distribución del presupuesto estatal, cuestiones que no resulta posible disponer la forma en que se desarrolla sin afectar lo dispuesto en el artículo 7° de la Constitución Política de la República".
A la Suprema
Consultado, desde la Delegación Presidencial Regional comentaron que están a la espera de conocer el plazo para apelar en conjunto al Consejo de Defensa del Estado y los otros servicios. Esto porque se evalúa solicitar a la Corte Suprema que enmiende el fallo en partes que, afirman, son improcedentes en relación a las facultades de cada servicio.
"Es necesario precisar que desde que asume nuestro gobierno hemos mantenido una instancia de coordinación con los servicios públicos como Bienes Nacionales, Minvu, Medio Ambiente, Salud, Transporte y Telecomunicaciones para gestionar las acciones de este sector, incluso con la Municipalidad de Antofagasta, y sumando las labores de fiscalización con Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile", afirmó la delegada Karen Behrens.
Tanto el Gobierno Regional como la Municipalidad fueron consultados sobre su posición frente al fallo, pero hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta.