"Quienes intenten adicionar minutos a la hora de colación para evadir el cumplimiento de la ley, van a estar cometiendo una ilegalidad"
La jefa de cartera responde a preguntas frecuentes sobre la Ley 40 Horas que entra en vigor en unos días: ¿se acaban las horas extra? ¿Se reduce el sueldo? ¿Cómo opera para las trabajadoras de casa particular? ¿Cómo funciona para el teletrabajo?
Dentro de pocos días, el viernes 26 de abril, entra en vigencia la Ley 40 Horas, que reducirá gradualmente la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales, en un plazo de cuatro años. En lo inmediato, las empresas deben reducir una hora de trabajo de sus empleados a la semana, y así seguir bajando hasta que en el año 2028 las personas solo marquen 40 horas.
Esta semana, sin embargo, algunas organizaciones alertaron que ciertas empresas planeaban reducir el horario en 12 minutos diarios y sumar 12 minutos a la hora de colación para cumplir la norma. ¿Se puede hacer eso? "No", alertó la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara: "No es posible rebajar en un contrato de lunes a viernes 12 minutos, sino que lo que se debe hacer es rebajar una hora en un día de la semana. Eso quedó claramente establecido por la Dirección del Trabajo".
-Una de las grandes preocupaciones es si eso va a implicar una reducción de sueldos.
-De ninguna forma, porque la ley establece claramente que no se puede afectar el monto de la remuneración. Lo dice de manera expresa y por eso la ley se aplica con una gradualidad de cinco años para permitir a las empresas adaptarse en este proceso.
-¿Qué pasa con las personas que trabajan en base a comisiones?
-Se refiere en términos generales a los trabajadores adscritos al Código del Trabajo a los cuales se aplican todos los principios. En este caso lo que hay que hacer es una reducción proporcional de la jornada cuando trabajen por hora y cuando trabajan por comisiones la Dirección del Trabajo va a sacar un dictamen preciso para referirse al tema antes del 26 de abril.
-¿Cómo lo van a fiscalizar? Imagino que no pueden descansar solo en denuncias que se hagan a la Dirección del Trabajo, por ejemplo.
-Hay tres líneas. En primer lugar, está abierta la línea de las denuncias. En segundo lugar, un plan de fiscalización que en una primera etapa se va a focalizar en las grandes empresas en atención al período de adaptación que ha habido y a la asesoría con que estas empresas cuentan, y en tercer lugar las pequeñas y medianas empresas, donde antes de la fiscalización propiamente tal va a partir un plan de acompañamiento por parte de la Dirección del Trabajo para facilitar el cumplimiento de la ley.
-Y si yo quisiera denunciar que no se está cumpliendo la ley, pero me da miedo, ¿se puede hacer reservando mi identidad?
-Se puede hacer en forma presencial en cualquier inspección del trabajo. También por vía web en la página de la Dirección del Trabajo, que es www.dt.gov.cl. Las denuncias pueden ser anónimas. De todas formas, la idea es que esto se implemente de forma adecuada, porque ha transcurrido un año en que las empresas se han estado preparando para esto. A veces las empresas pueden dejar estas decisiones para