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Andrade y Contreras están en módulos aislados de población penal conflictiva

CASO. El presidente de Democracia Viva y el exseremi de Vivienda están en prisión preventiva en el Centro Penitenciario de Antofagasta. Hoy se realizarán los alegatos tras apelación a medida cautelar.
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En los módulos 86 y 90 del Centro Penitenciario de Antofagasta se encuentran el presidente de Fundación Democracia Viva (FDV), Daniel Andrade y el exseremi de Vivienda, Carlos Contreras, luego que el Juzgado de Garantía acogiera las solicitudes del Ministerio Público y querellantes y decretara la prisión preventiva el 15 de diciembre por considerar que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

De acuerdo a fuentes consultadas por este Diario, ambos acusados por el Ministerio Público por tres causas de fraude al fisco en el marco de los convenios suscritos el año pasado entre la Seremi del Minvu y FDV por $426 millones, se encontrarían en módulos especiales, lejos de la población penal "más conflictiva".

Ambos imputados estarían n en un módulo especial del Centro Penitenciario de Antofagasta junto a otras personas privadas de libertad por delitos funcionarios.

Andrade y Contreras se encontrarían en celdas individuales, las cuales contarían con ducha, baño y lavamanos.

Asimismo, se encontrarían con derecho a visitas, dos veces a la semana.

Recursos

En tanto, en la tramitación de la causa, esta mañana en la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta se realizarán los alegatos por las apelaciones presentadas por ambas defensas, que buscan dejar sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva.

De acuerdo al recurso de apelación presentado por los abogados José Ignacio Figueroa, Germán Cueto y Juan Pablo Roncone, en representación de Daniel Andrade, "la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en su contra, "es claramente desproporcionada, pues fue decretada sin que concurrieran los presupuestos materiales exigidos por las letras a) y b) del art. 140, del CPP, y sin que existiera aquí necesidad de cautela alguna".

Asimismo, indica que "la resolución que se recurre confía ciegamente en que los hechos materia de la formalización son correctos, en circunstancias en las que la fundación Democracia Viva solo gastó el 30.38% de los fondos entregados en virtud de la suscripción de los tres convenios de transferencias de recursos".

Respecto de estos recursos, señala que la fundación "solo gastó $131.615.770 de los $426.000.000 que recibió de parte de la seremi Minvu Antofagasta. El saldo, ascendente a la suma de $294.384.230 se ha encontrado siempre a disposición del Fisco de Chile, como lo acreditan los correos electrónicos y los escritos presentados en sede civil".

Por tanto, solicitan a la Corte de Apelaciones de Antofagasta que "revoque la aludida resolución y en definitiva rechace la solicitud de prisión preventiva del Ministerio Público y querellantes, declarando que no corresponde la aplicación de medida cautelar alguna; o, en subsidio, imponga las medidas cautelares de arraigo y firma mensual (...) o, en subsidio, la medida de arresto domiciliario parcial o, en subsidio, arresto domiciliario total".

En la misma línea, desde la defensa de Carlos Contreras, el abogado Andrés Bustos, en el recurso señala que "aquí el dolo no se ha demostrado, ni siquiera para el estándar requerido en sede de medidas cautelares, ya que se han reprochado una serie de faltas a la probidad, las que no se condicen con la realidad (como la participación de don Carlos Contreras en la fragmentación) o constituyen juicios de valor (como la falta de experiencia de la fundación Democracia Viva), que en caso de ser efectivos son sancionables por otra vía diversa a la penal, sin acreditar conocimiento y una voluntad dirigida del imputado orientada a la defraudación del fisco por montos que, además, son indeterminados".

Sobre la necesidad de cautela, en tanto, en el escrito se lee que Contreras expone que "es un arquitecto de 45 años, tiene irreprochable conducta anterior, domicilio conocido y el mismo toda su vida, que tiene a su cargo el cuidado de sus padres que son de 81 y 84 años, de los cuales es hijo único.

Tras los fundamentos, la defensa de Contreras solicita también a la Corte de Apelaciones que "revoque la resolución recurrida, dejando sin efecto la medida de prisión preventiva y la sustituya por alguna de las medidas cautelares establecidas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es arraigo nacional y arresto domiciliario nocturno o total".