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Las aristas legales del caso La Polar

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El Hace pocos días conocimos por los medios de comunicación lo que puede constituir otro escándalo de la empresa La Polar, por la distribución y venta de ropa deportiva clonada de prestigiosas marcas a sus clientes perjudicando a consumidores y el sistema económico.

Este caso, pone en tela de juicio el sistema económico y las normas jurídicas vigentes. ¿El sistema legal será capaz de proteger los interés de los perjudicados?. Este caso tiene al menos tres aristas legales y judiciales. La primera referida al consumidor quien confiando en la información entregada por el proveedor decide comprar una prenda de calidad y marca prestigiada a un precio superior otros productos homogéneos.

El Derecho a la información veraz y oportuna y la seguridad en el acto de consumo permiten a los afectados iniciar acciones de tutela individual o colectiva. Desde un punto de vista macrosocial, la venta de productos falsos afecta las reglas del juego entre competidores en el mercado de ropa deportiva y es una forma de competencia desleal, arista que debe ser investigada por la Fiscalía Nacional Económica centralizadamente.

Una segunda arista legal refiere a la relación comercial entre la empresa La Polar y sus proveedores de ropa deportiva por responsabilidad civil contractual, aspecto que compromete sólo los intereses particulares de las empresas involucradas y cuyas soluciones jurídicas en nada contribuirán a la satisfacción de los daños provocados a los consumidores. La última arista refiere a eventuales aspectos penales. Por un lado, el uso de marcas registradas ajenas constituyen delitos tipificados y sancionados en la Ley de Propiedad Industrial y si las marcas afectadas efectúan las denuncias, el Ministerio Público debe iniciar las investigaciones para indagar los eventuales delitos.

Un último aspecto menos conocido refiere al compliance y existencia de modelos de prevención de delitos de las personas jurídicas. ¿La Polar cuenta con procedimientos y procesos de control que eviten la comisión de delitos al interior de su empresa?. La Ley N°20.393 establece un régimen de responsabilidad penal de personas jurídicas aplicable a delitos cometidos en ambientes corporativos que provocan un beneficio en directo interés o provecho de la compañía. En Chile, esta responsabilidad ha sido aplicable solo a un pequeño pero creciente catálogo de delitos que incluyen algunos delitos medio ambientales, financiamiento al terrorismo y lavado de activos. Esta lista se incrementó en los últimos años a otros delitos como la receptación, delitos anticorrupción pública y privada, receptación, apropiación indebida y la administración desleal entre otros. El presente año se han sumado los delitos de la Ley de control de armas y por último, el robo y hurto de madera. Hoy las empresas deben adoptar serias medidas de gestión jurídica para administrar los riesgos en la operación empresarial so pena de sanciones penales. La inexistencia o deficiencia de un modelo de prevención en el caso de La Polar puede traer severas consecuencias jurídicas que van desde la condena penal de cuantiosas multas, disolución de la empresa e incautación de bienes y utilidades espurias.

José Eduardo Troncoso Valdés , Académico Derecho UCN

"La inexistencia o deficiencia de un modelo de prevención en el caso de La Polar puede traer severas consecuencias jurídicas que van desde la condena penal de cuantiosas multas, disolución de la empresa e incautación de bienes y utilidades espurias.

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No hay controversia

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Una de las mejores síntesis del veredicto de esta semana en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre el caso Chile-Bolivia fue el titular del diario boliviano Página Siete, "Acabó el juicio: Chile y Bolivia tienen derechos sobre el Silala y no habrá compensación" (01/12/2022). Un poco más moderado, La Razón tituló: "La CIJ establece que Bolivia y Chile tienen derecho al 'uso equitativo y razonable del Silala'". Nuestros medios nacionales, en cambio, optaron por el típico triunfalismo cultural de certeza jurídica, y lo ya desestimado por el país andino sobre las condiciones de aguas internacionales del Silole. Más allá de un análisis comparativo mediático, la decisión salomónica de la CIJ de la 'no controversia' nos enfrenta a grandes desafíos de colaboración con nuestros vecinos, y tal vez dejar ya de lado la política de 'cuerdas paralelas' que impulsaba a viva voz el ex Presidente Sebastián Piñera, proponiendo que el 'negocio' viaja por un carril y la diplomacia por otro.

Me sentí un poco ridícula al escuchar el veredicto que señaló que 'el asunto en disputa había perdido su objetivo', y que por eso la CIJ no se podía pronunciar en la mayoría de las demandas chilenas, tirándonos la pelota para resolver controversias un poco ficticias. Me imagino que al otro lado de la cordillera pasó lo mismo, por eso los medios bolivianos fueron más cautos. Un caso similar fue observable en el fallo respecto a los ensayos nucleares (Australia contra Francia, 1974), donde se declaró que la demanda de Australia carecía de objeto, dado que Francia se había comprometido a no realizar nuevos ensayos en la atmósfera del Pacífico Meridional. Siempre he pensado que las Relaciones Internacionales son como las situaciones personales, pero en grande. Me imagino a dos hermanos peleando, luego viene la abuela y les dice para qué se pelean si ustedes quieren lo mismo, y de seguro lo conseguirán uniéndose y compartiendo lo que tienen; una decisión tan lógica y tan alejada de nuestro 'ombliguismo', de nuestras paranoias, de nuestro individualismo neoliberal y de nuestra condición geográfica de isla (la Cordillera de Los Andes y el Océano Pacífico).

La pregunta es si la CIJ hubiese llegado al mismo veredicto si nosotros en vez de demandar, hubiésemos contrademandado. Dado que es política de ficción, me aventuro a decir que SI, pues el comportamiento de la Corte Internacional, más allá de los análisis trasnochados del perfil de jueces y juezas, o la mirada nacionalista de nuestros argumentos, lo que mueve a un organismo internacional dependiente de las Naciones Unidas es justamente su contribución a la paz entre las naciones, y lograr el adecuado equilibrio y armonía en sus decisiones; aun cuando en un número no menor, los fallos han generado más conflicto que otras situaciones de hermandad internacional.

Hace rato que se me viene haciendo con Bolivia lo que algunos/as especialistas llaman 'para-diplomacia' desde el mundo académico y la sociedad civil. El actual gobierno ha señalado que se retomarán las relaciones diplomáticas con Bolivia después del fallo de la CIJ, siguiendo la hoja de ruta presentada durante la presidencia de Sebastián Piñera (Canciller Antonia Urrejola, Diario de Cooperativa AM, 01/12/2022). Durante el mandato de Michelle Bachelet se generó una estrategia de 'integración silenciosa' con Bolivia, que pese a los litigios con el país vecino, Chile dio alta prioridad a obras de conectividad, con infraestructura carretera y portuaria, conexiones viales directas y facilitación fronteriza y comercial (Política Exterior de Chile 2030, 2018).). Sin embargo, es importante que proyectemos no sólo cómo queremos nuestro país, sino su Política Exterior.

Los desafíos de la 'No Controversia' son mayores, por lo cual creo que ganamos NADA. Muy por el contrario, ahora tenemos mayores responsabilidades para ponernos de acuerdo en el uso del Silala, dado que efectivamente Bolivia sí poseerá soberanía sobre aguas naturales y artificiales, y Chile no tendrá derecho adquirido para el uso de las aguas (EMOL, 01/12/2022). Sólo nos queda transformar la 'política silenciosa' en una agenda activa de negociaciones sobre la base de una política de buena vecindad. La política exterior chilena debe dejar de ser 'realista' en el sentido de ver sólo los intereses nacionales y avanzar hacia un modelo diplomático integrativo-colaborativo como sucede en Europa.

Dra. Francis Espinoza F.,Académica UCN

Opinión

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"Sólo nos queda transformar la 'política silenciosa' en una agenda activa de negociaciones sobre la base de una política de buena vecindad. La política exterior chilena debe dejar de ser 'realista' en el sentido de ver sólo los intereses nacionales y avanzar hacia un modelo diplomático integrativo-colaborativo como sucede en Europa. .

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