Tribunales tramitan casi 10 mil causas por pensión de alimentos en la región
JUSTICIA. Con la entrada en vigencia del nuevo registro nacional, deudores arriesgan revocación de licencia de conducir hasta el impedimento de inscripción de propiedades e inmuebles.
El pasado 18 de noviembre entró en vigencia el nuevo Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos, el cual tiene como objetivo garantizar el cumplimiento del pago de estas, por medio de la implementación de medidas legales como la retención de fondos, además de diversas sanciones para quienes estén en calidad de morosos. Asimismo, la ley permite la modificación de la liquidación de pensiones, transformándola a UTM.
El proceso no será inmediato, sino que se implementará de manera progresiva, pues el tribunal de familia deberá revisar cada causa para poder tipificar en el sistema a quienes presenten tres meses continuos de deuda o cinco meses discontinuos sin pagar.
Pero, ¿a qué consecuencias se arriesga si no se paga la pensión de alimentos? En primer lugar, los deudores no podrán renovar la licencia de conducir ni el pasaporte. Además, se dispondrá de la retención de la devolución de sus impuestos y de los fondos de créditos bancarios, así como de un porcentaje del sueldo, en caso de que el adeudado trabaje en algún organismo público o los tres poderes del Estado.
Por otra parte, se le impedirá la inscripción de propiedades y automóviles en caso de venta y la inhabilidad de recibir beneficios estatales.
En cuanto a la modificación a UTM de las pensiones, esta tiene vigencia para aquellos que tengan causas en las que sus alimentos fueron decretados hasta antes del 18 de noviembre del presente año, puesto que para las personas que obtuvieron su pensión después de esa fecha, ya se considera ese valor tributario.
De la tramitación
En cuanto a esto, la vocera del Tribunal de Familia de Antofagasta, magistrado Mae Valdebenito, informó que no es obligatoria la tramitación, pero que esta facilitará a los juzgados de familia la liquidación automática, ingresando al registro de forma directa.
Según datos entregados por el Poder Judicial, el Tribunal de Familia de Antofagasta ha tramitado 5.366 causas de pensión de alimentos, mientras que, en Calama la cifra llega a las 4.093 causas, sumando un total de 9. 439 demandas en total.
Testimonio
Rocío Álvarez Herrera ha demandado al padre de su hija por pensión de alimentos en variadas ocasiones y lleva nueve años a la espera de la regularización de esta. "Yo inicié el proceso cuando mi hija tenía alrededor de año y medio, pero los depósitos siempre fueron intermitentes hasta el tiempo de pandemia y los retiros de AFP. Esto permitió que el monto bajara de más de siete millones de pesos a 4 millones 700 mil", manifestó.
Rocío Álvarez comenta que, si bien la nueva ley beneficiará a las madres y cuidadores a regularizar los pagos, se debe poner énfasis en la deuda total, "espero que realmente ayuden a quienes estamos en esta situación porque es difícil (…) Esto no se trata de que yo necesite la plata, sino que es mi hija la que tiene ese derecho y más aún con los problemas cardiacos que presenta y siempre son las madres y cuidadoras las que suplen gastos que muchas veces no nos alcanza", enfatizó.
Paulina Larrondo, seremi de la Mujer manifiesta la mejora que supone esta medida, pues "el problema afecta principalmente a mujeres, ya que, el 70% de las demandas son presentadas por cuidadoras (…) El registro, la ley de responsabilidad parental y el pago efectivo de las deudas, viene a crear una nueva institucionalidad que permite mejorar el régimen de cumplimiento, promover la corresponsabilidad entre madres y padres y, por su puesto, resguardar el interés superior de niños y niñas".
Otro punto importante es la solicitud de rebaja que puede presentar el adeudado, siendo el Tribunal de Familia el que declara admisible la demanda en caso de que la persona ya se encuentre inscrita en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Asimismo, el demandado puede oponerse a la medida, "el adeudado desde que se le notifica que pasará al registro, tiene tres días para objetar la liquidación, esto al estimar errores o pagos no considerados, los tiene que justificar para oponerse al registro. Ante esto, el tribunal puede escuchar a ambas partes o resolver de forma inmediata", explicó la magistrado Mae Valdebenito.