Tren rápido
Buscando en la historia me encontré con las siguientes fechas de inauguraciones de tramos de ferrocarril: 1) 1851: Caldera - Copiapó; 2) 1863: Santiago - Valparaíso; 1913: Arica - La Paz (Bolivia); 1910: el Ferrocarril Transandino, Los Andes - Mendoza (Argentina), ¡sobre la cordillera de los Andes!
¿De verdad quieren hacernos creer que hoy, 2022, no se puede construir un nuevo tramo entre Santiago y Valparaíso? Este es un insulto a nuestra inteligencia o un reconocimiento a una mediocridad extrema.
Patricio Cañete Toro
Libertad de enseñanza I
Las materias sobre libertad de enseñanza y derecho preferente de los padres a elegir la educación de sus hijos que fueron devueltas por el pleno de la Convención, deben ser analizadas nuevamente para una segunda propuesta, lo que genera incertidumbre, pero a la vez, y con una mirada esperanzadora, la posibilidad de que se tome conciencia y se corrijan estos artículos para que realmente se garanticen tales libertades y derechos.
Creemos que la Convención tiene que ponerse en sintonía con lo que realmente quieren y necesitan en materia educacional los padres y apoderados de los más de 2 millones de estudiantes que se educan en los colegios particulares subvencionados del país, ya que ellos no están dispuestos a perder derechos que ya se encuentran consagrados tanto en nuestra legislación interna como en tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile.
Asimismo, lo anterior es vital para poder generar equidad y terminar con las discriminaciones arbitrarias en materia educacional, de las que son objeto las familias que eligen libremente estos colegios para sus hijos e hijas, y que han sido permanentemente segregados por algunas políticas públicas a pesar de que ellos educan al 55% de los estudiantes más vulnerables del país.
En la nueva Constitución, que debe representar el sentir de todos los chilenos, necesitamos que estas libertades y derechos estén consagrados sin "letra chica".
Hernán Saldaña Secretario general de la Coordinadora de Colegios Particulares Subvencionados
Libertad de enseñanza II
La Comisión de Derechos fundamentales de la Convención Constitucional ha rechazado dos indicaciones presentadas para consagrar y asegurar las libertades de educación y enseñanza en el texto de la futura Constitución que se nos propondrá. La primera indicación rechazada señalaba: "Los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos. Corresponde al Estado otorgar especial protección a este derecho". La segunda: "Cada establecimiento educacional podrá fijar libremente el contenido de cada programa, conforme a su proyecto educativo".Cabe preguntarse, ¿por qué la mayoría indigenista y de extrema izquierda que domina la Convención rechaza dos libertades tan básicas, que hoy sí están aseguradas en la Constitución del año 2005 que nos rige? Creo que la respuesta está en la mentalidad estatizante y estatizadora que guía su trabajo. Esta mentalidad está presente en la mayoría de las disposiciones aprobadas por el pleno y comisiones y puede resumirse en la frase "todo para el Estado, lo mínimo para los ciudadanos".
Tal como va el trabajo de la Convención, en el nuevo texto que han redactado se nos propondrá un Estado Pluripoderoso y ciudadanos con mínimas libertades sujetos a su control. No aprobarlo en el plebiscito de salida es nuestra respuesta liberadora.
Francisco Bartolucci Johnston
Representatividad
Todos en algún momento de nuestra formación secundaria o superior aprendimos respecto a la argumentación y particularmente sobre las falacias; entre ellas, nuestros profesores nos enseñaron con más o menos incomodidad sobre la falacia democrática, donde se arguye que algo es cierto porque la mayoría así lo cree. El problema consiste en que lo que es una falacia hoy resulta un dogma de fe incuestionable, que conlleva consigo otros "subdogmas" que el cuestionarlos vuelve al que lo intenta en un hereje, como por ejemplo, que el voto de todos los ciudadanos vale exactamente lo mismo. Mas me pregunto, no sin miedo a repercusiones por parte del tribunal inquisidor democrático, si valen lo mismo los votos de los electores de Marcela Cubillos (84.055 votos) y Paola Grandón (1.188 votos), cuando ambas convencionales tienen el mismo peso en la Convención. No quiero entregar conclusiones, solo una reflexión.
Diego Vargas Castillo