Codelco deberá pagar cerca de $200 millones a exdirigenta desvinculada de Chuquicamata
LABORAL. Así lo resolvió el Juzgado de Letras del Trabajo de Calama que acogió la demanda por vulneración de derechos fundamentales y despido indebido presentada en marzo de 2020 por la expresidenta del Sindicato N°3, Marcela Matamoros.
Luego de casi dos años el Juzgado de Letras del Trabajo de Calama falló a la demanda por vulneración de derechos fundamentales y despido indebido presentada en marzo de 2020 contra Codelco por la exdirigente y extrabajadora de la división Chuquicamata, Marcela Matamoros, quien fuera desvinculada por la minera estatal en enero de ese año, en el marco del Caso Seguros.
El dictamen, de primera instancia, establece que la cuprera "vulneró, con ocasión del despido, el derecho a la dignidad, honra y la integridad física y psíquica de la trabajadora demandante", y la condenó a pagar alrededor de $200 millones, por concepto de indemnización por 30 años de servicio, incrementos de indemnización, remuneraciones y feriados, entre otros.
Un precedente
El abogado de Matamoros, Carlos Orellana, dijo que en este caso el Juzgado acoge la tutela, que es muy relevante sobre todo en un caso tan emblemático, pues "son muy difíciles de ganar y esto significa que hay un reconocimiento que hubo una vulneración de derechos fundamentales al momento del despido de mi defendida y eso marca un hito súper importante, porque es la primera ex dirigenta que obtiene una sentencia favorable y podría marcar un precedente para lo que viene, que es el desafuero".
Sobre este último punto recordar que los primeros días de 2020 Codelco solicitó ante el Juzgado de Garantía de Calama, el desafuero de los 20 dirigentes (activos en ese momento) que conformaban los directorios de los sindicatos de trabajadores N° 1, 2 y 3 de Chuquicamata y la autorice a proceder al término de la relación laboral con todos o algunos de los demandados, por falta a la probidad e incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo, o su separación provisoria.
En este sentido, el fallo favorable a Matamoros, sobre quien no se establecieron responsabilidades personales por el denominado Caso Seguros, podría favorecer a los eventuales dirigentes desaforados, pues, según explicó el profesional, "son todos supuestos, no hay imputaciones directas ni nombres de personas individuales, no hay nada de eso y el Tribunal establece que este despido -en particular- se basa en supuestos, en presunciones y en el derecho laboral no cabe ese tipo de despidos. Entonces, se entiende que una petición de desafuero, basado en supuestos, también podría caerse o rechazarse".
La empresa
Desde la minera comunicaron que "la sentencia no se pronuncia sobre el fondo del asunto del Caso Seguros. De hecho, no desestima la responsabilidad y participación de la exdirigente sindical en las conductas y causales legales que se le imputaron al momento de su desvinculación. Codelco está evaluando las acciones legales a seguir, pero persevera en su convicción de que las causales de desvinculación están plenamente justificadas".
El despido de Matamoros se basó en el artículo 160 del Código del Trabajo, que hace alusión a la falta de probidad. Esto, en el contexto de la querella que Codelco presentó contra quienes resulten responsables de supuestos sobreprecios en las primas de los seguros de vida y accidentes personales contratados para los trabajadores por los sindicatos de Chuquicamata y Radomiro Tomic, por los que en total fueron desvinculados siete ex dirigentes de ambas divisiones de Codelco.
30 años alcanzó a trabajar en Chuquicamata, Marcela Matamoros, quien fue presidenta del Sindicato N°3.