Correo
Un lápiz y dos rayas
Increíble, pero cierto...
Solo con un lápiz y dos rayas, si es con segunda vuelta, cada chilena y cada chileno, habilitado para votar, tiene la opción de elegir el país que quiere para su familia, las oportunidades para emprender, para mantener ó buscar nuevas oportunidades laborales, de estudio, cumplir sus sueños, resolver sus problemas, más seguridad, y tantas otras cosas que sería largo de enumerar...
Solo con un lápiz y dos rayas, ni más, ni menos, pero ojala, lo esperable, lo que Chile espera, es que la decisión de dónde poner la raya, sea después de una profunda reflexión y estudio de las Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas que se pueden distinguir en cada candidato...
Es verdad, es tan solo con un lápiz y dos rayas (si es en segunda vuelta), pero usted puede agregarle, teniendo una decisión informada, contrastada, verificada, etcétera, entre los candidatos propuestos...
Increíble, pero cierto...
De su lápiz, de dos rayas y de su análisis previo, depende el futuro de Chile en los próximos cuatro años, ni más, ni menos...
Luis Enrique Soler Milla
Ambulantes
Me parece absurdo que el concejal Aguilera pida a la Contraloría investigar las acciones del alcalde frente a los ambulantes que ocupan el centro de la ciudad, y digo esto porque el órgano contralor está para velar por la legalidad de los actos administrativos y fondos del estado; y no para atender la lesera doméstica expuesta por el concejal. La permisividad viene de doce años atrás, no es asunto neto del actual alcalde, más bien este se ha empeñado en aunar esfuerzos par dar solución al problema.
Son los concejales los que no trabajan, pues ninguno de ellos se ha preocupado de fiscalizar la serie de actos administrativos ilegales de la anterior alcaldesa, ni tampoco les ha importado denunciar los perjuicios a los fondos municipales que aparecieron post caso Main.D. Mercado
Registro de deudores de pensiones de alimentos
A la frondosa cantidad de herramientas jurídicas de que dispone el alimentario hoy en día, viene a sumarse una nueva: el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, promulgada recientemente y muy esperada (preferentemente por madres), a quienes se les adeudan sendas sumas de dinero.
Las actuales medidas legales especiales aplicables a esta obligación son las siguientes: arresto nocturno, retención y pago por el empleador del alimentante, arraigo, retención de la devolución de impuesto a la renta, retención de licencia de conducir, solidaridad legal en el pago, otorgamiento de cauciones, etc. A todo lo anterior, se suma entonces un Registro a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, que deberá contener los datos de los alimentantes que adeuden tres mensualidades continúas o cinco discontinuas.
Pero el mantenimiento de datos en este Registro no es solo para dar publicidad a quienes no han pagado los alimentos, sino que trae aparejada una serie de consecuencias jurídicas por el solo hecho de estar en el registro, profusamente publicitadas en los medios y redes sociales, de las cuales queremos destacar solamente las dos siguientes: En primer lugar, si el alimentante deudor vende un inmueble o un vehículo de su propiedad, el Conservador de Bienes Raíces o el Servicio de Registro Civil, respectivamente, no darán curso a la solicitud de inscripción del traspaso del dominio, salvo que el deudor vendedor cuente con una autorización judicial referida a asegurar el pago de la pensión con los dineros que obtenga por dicha venta. Esto conllevaría a que, al momento de la celebración de ciertos contratos, se exhiba por el vendedor un certificado de no estar inscrito en el Registro. El problema radicaría en que la fecha del contrato puede que no sea la misma que la de presentación de la escritura ante el Conservador o Registro Civil, quienes podrían de todas formas reparar la solicitud.
En segundo lugar, se establece como delito de violencia intrafamiliar el no pago reiterado de pensiones alimenticias. Esta es una medida muy importante, pues considera como un acto constitutivo de violencia intrafamiliar a la violencia económica que se ejerce en Chile por el alimentante en contra del alimentario, generalmente la madre, como ya dijimos, conducta que no estaba tipificada expresamente.
Sin perjuicio de las observaciones jurídicas y prácticas que estas medidas puedan traer, creemos que ellas sí deberían beneficiar a los niños, niñas y adolescentes en orden a mejorar sus condiciones de vida y se rebajarían la cantidad de pensiones impagas, toda vez que las medidas actuales si bien eran de tipo coercitivas o administrativas, muchas no eran aplicables realmente al deudor promedio de alimentos..
Eugenio Vásquez, profesor de Derecho Civil Universidad Andrés Bello y Giannina Cevasco, estudiante de Derecho UNAB
Voto informado
Aunque tengamos una participación alta hoy, si no es con electores informados, seguiremos manteniendo Moreiras y Rojas Vades.
Gerardo Palma