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Buscan designar al Loa como "humedal andino"

MEDIOAMBIENTE. Iniciativa ayudaría a proteger la ribera en la zona urbana.
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Pablo Orellana

El martes 24 de mayo de 2020 se publicó en el Diario Oficial la ley 21 mil 202 del ministerio de Medio Ambiente, que establece "el reglamento del cuerpo legal con el objetivo de proteger los 'humedales urbanos', lo que está siendo analizado por el municipio de Calama para dar un paso en el resguardo del río Loa en su paso por el radio urbano de Calama.

La consulta al Ministerio de Medio Ambiente ya fue efectuada por la Municipalidad de Calama. "Se ha impulsado esa posibilidad, a través de consulta y reuniones técnicas con las autoridades pertinentes para iniciar ese proceso que proteja a la ribera del Loa", dijo el alcalde Daniel Agusto sobre esta iniciativa.

"Nuestra secretaría regional ministerial de Medio Ambiente ha estado apoyando directamente al departamento de Medio Ambiente de la Municipalidad de Calama en la generación de los antecedentes técnicos que permitan la delimitación del Humedal Urbano del río Loa y su postulación al Ministerio del Medio Ambiente", confirmó Rafael Castro, titular de esa cartera en la región.

Castro explicó además que "el procedimiento de reconocimiento de estos ecosistemas que incluye el reglamento, permite la recepción de solicitudes de declaración de humedales urbanos por parte de municipios y el reconocimiento de humedales de oficio por parte del ministerio, acción que marca un esfuerzo conjunto entre ambas entidades, ministerio y municipios en la protección de los humedales en las ciudades, para beneficio del medio ambiente, pero sobre todo para las personas que ahí habitan".

En cuanto a la cobertura que entrega la Ley 21 mil 202, el seremi de Medio Ambiente, explicó que "el reglamento exige un estándar de conservación por medio de criterios mínimos de sustentabilidad que relevan el rol de estos ecosistemas en el desarrollo armónico de las ciudades y en la calidad de vida de las personas, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento, y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo".

Ordenanza

Otro aspecto técnico que exige el cuerpo legal es que "las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el reglamento mencionado anteriormente", dijo Castro.

Una vez aprobado este requerimiento legal "el municipio debe modificar su plan regulador comunal cambiando, según corresponda, el uso de suelo vigente por uno acorde a la vocación del territorio y como área de protección de valor natural", agregó Castro.

"Se ha impulsado esa posibilidad, a través de consulta y reuniones técnicas con las autoridades pertinentes para iniciar ese proceso que proteja a la ribera del Loa".

Daniel Agusto, Alcalde