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Inmigración venezolana

Ciertamente se debe regularizar el proceso migratorio, mucho más en tiempos de pandemia, pero sin dejar de colaborar con la tragedia que vive ese país. La situación de Venezuela es apremiante, no sólo por la pérdida de libertades; también por la falta de alimentos, comida y cuestiones básicas, efectos que se sienten en casi toda Sudamérica por los desplazamientos.
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Durante los últimos días se han conocido distintos videos dando cuenta del arribo de inmigrantes venezolanos por pasos habilitados y también por la frontera que mantiene Chile con Bolivia, es decir, por cruces ilegales.

La situación es del todo dramática, pues revela la crisis que vive ese país después de años de destrucción liderada por el desaparecido Hugo Chávez Frías y ahora por Nicolás Maduro.

Ante el fenómeno, distintas organizaciones locales, desde el Colegio Médico hasta gremios profesionales, han instado a poner coto a esta situación, considerando lo que ya se ve en las calles de distintas ciudades: familias completas pidiendo limosnas y habitando a la intemperie en condiciones mínimas.

Entre el 2017 e inicios de este 2020, migraron a Argentina 82 mil venezolanos; a Brasil aproximadamente 50 mil; a Colombia 800 mil; a Chile más de 160 mil; a Guatemala 15.650; a México 65.784; a Panamá 65.415; a Paraguay 2.893; y a Perú 298.559.

El razonamiento expresado -de poner mayor cautela y restricciones- es atendible, pero debe tenerse mucho cuidado en no caer en actitudes xenófobas o carentes de humanidad ante esta catástrofe.

Estas historias son un caldo de cultivo sencillo para tejer falsedades como las que hoy se escuchan y leen especialmente en redes sociales. Cada una de las personas que ha salido de su país no lo ha hecho por puro gusto, sino porque vive una tragedia inmensa y Venezuela es un caso paradigmático.

Hace años que en Chile hay un debate respecto de la inmigración y el marco legal respectivo, como suele suceder en asuntos importantes, la conversación no ha sido abordada en profundidad o se ha convertido en otra plaza par la pugna entre gobierno y oposición, lo que ha ahondado las tensiones.

La pandemia de coronavirus y la crisis económica arrastrada indudablemente empeora las cosas, de modo que el asunto debe resolverse sin dejar de desentenderse del enorme problema humanitario que vive una nación hermana que en muchas ocasiones prestó auxilio a miles de compatriotas.

Una mirada al Federalismo

"La región ha resultado incapaz de construir una propuesta política y orgánica robusta y valida que ponga su énfasis en el territorio". Luis Bastías Eyzaguirre, Abogado
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Con ocasión de los múltiples análisis al reformismo constitucional asentado en el país, recientemente un expositor, por este mismo medio, recurría al concepto de "solidaridad" entre los territorios para fundamentar, a lo menos parcialmente, el modelo político y orgánico de un estado unitario.

Lamentablemente tal expositor, no afincado en la zona, olvidaba o desconocía que nuestra región lleva más de 100 años siendo solidaria con tal estado unitario, sin recibir debida retribución a sus incuestionables e históricas contribuciones. Para los habitantes de esta región resulta archiconocido, incluso majadero, ejemplo tales como la red del Metro Santiago. Igualmente, la postergación regional se hace carne con el inicio de construcción del último tramo de la doble vía Antofagasta-Calama, recibido con verdadero jubilo, cuando dicha infraestructura se encuentra disponible en la zona centro sur del país desde hace décadas.

En honor a la verdad, se debe reconocer la incapacidad y/o debilidad de los dirigentes y autoridades regionales para formular, justificar y sostener proyecto regionales de verdadero valor social. En el caso de los partidos políticos, y otras autoridades, tal situación resulta agravaba toda vez que su liderazgo habitualmente ha sido impuesto desde el nivel central.

En dicho estado de cosas, resulta pertinente recordar las denominadas "Leyes Federales" del año 1826, aprobadas por el Congreso, que conformaron las bases para establecer un régimen político federal en el país, considerando las provincias de Coquimbo, Aconcagua, Santiago, Colchagua, Maule, Concepción, Valdivia y Chiloé. Aquellas favorecieron la descentralización política y la autonomía económica de las provincias. Precisar que, a dicha época, nuestra región no formaba parte del territorio nacional.

En definitiva, la nueva constitución federal no vio la luz, atendida la inestabilidad institucional de la época en nuevo país y la intervención del histórico centralismo hacendal. A pesar de esto, la derrota del federalismo no fue total, ya que la elección de las asambleas provinciales y de los intendentes, a nivel provincial, fueron recogidos por la constitución de 1828 y siguientes.

A objeto de dar debido cause y solución a la histórica postergación regional, como consecuencia de la desidia e incapacidad del nivel central, nuestra región debe desarrollar un profundo y razonado análisis del sistema federal. Para ello existe suficiente, y en su caso exitosa, experiencia comparada sobre la materia, incluso a nivel regional.

Lamentablemente, y sin perjuicio de esporádicas manifestaciones de orden regionalista, carentes de contenidos y sentido programático, la construcción y realidad política en la región ha resultado incapaz de construir una propuesta política y orgánica robusta y valida que ponga su énfasis en el territorio de la Región de Antofagasta. El proceso político que atraviesa el país constituye una oportunidad para que nuevas expresiones y organizaciones del territorio puedan sentar las bases de la nueva realidad regional, que atienda sus desafíos y de cuenta de su histórica contribución a la nación.

Constitución y proceso penal

"Hoy estamos en una coyuntura constitucional histórica". Ignacio Barrientos Pardo, Jefe de Estudios de la Defensoría Penal Pública Antofagasta
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Un famoso penalista alemán señala que el proceso penal es el sismógrafo de la Constitución. Con esa frase quiere dar cuenta de la importancia de las normas procesales penales y de su impacto institucional y social en el respeto y garantía efectiva de los derechos fundamentales en una sociedad.

Hoy estamos en una coyuntura constitucional histórica. Pasados los humos de victorias y derrotas y, puestos a elegir las mejores normas para nuestra comunidad política, debemos mirar al proceso penal e intentar, escuchando a expertos y operadores del sistema de justicia, superar las falencias y carencias que presenta la actual Constitución.

Hay varias; omisión de la presunción de inocencia, indemnización por error judicial y reforma en perjuicio.

Todos hablamos de la presunción de inocencia como principio constitucional pero lo cierto es que esta no aparece en ninguna parte en la Constitución y debemos deducirla del debido proceso y de los tratados internacionales. Sería bueno que explícitamente se establezca en el texto constitucional y, así, contribuir a que desaparezcan del mismo otras normas que son incompatibles con su vigencia, como aquella que suspende el derecho a sufragio por la sola presentación de una acusación penal.

Por su parte, la norma constitucional sobre error judicial debe ser liberada de una declaración previa por parte de la Corte Suprema, con exigencias o requisitos que la alejan de lo dispuesto (y aceptado por Chile), en la Convención Americana de DD.HH. La determinación del error judicial (que, por cierto, no siempre es culpa de los jueces), necesita de una regulación sencilla y cercana a las necesidades de los justiciables.

Asimismo, el principio de interdicción de la reforma peyorativa o en perjuicio, debe estar en la Constitución. Nadie debería enfrentar con miedo un segundo juicio que él mismo, con su actividad recursiva, suscitó. No se puede ganar un recurso contra una sentencia que se estimaba injusta, para terminar siendo castigado más severamente en el segundo juicio. Y esto debería regir en todas las materias.

En fin, hay tres temas, entre muchos, que deberían estar en una nueva constitución; la resocialización y reinserción como finalidad del cumplimiento de las penas, de tal forma que se oriente toda la actividad penitenciaria; la incorporación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en el sistema normativo nacional, habilitando la regulación del procedimiento de cumplimiento de sentencias de tribunales transnacionales que condenan a Chile y, finalmente, la autonomía de la Defensoría Penal Pública, que contribuirá a potenciar el sistema de justicia en su conjunto. De esto último, podemos seguir hablando en otro momento.