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Desafíos 2020

"Se ha hecho más evidente la necesidad de brindar a la Defensoría de igualdad de condiciones con los demás intervinientes". Loreto Flores Tapia, Defensora regional Antofagasta
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Iniciado un nuevo año, siempre es importante analizar lo desarrollado por nuestra institución y al mismo tiempo plantearse nuevos desafíos, destinados a cumplir con el objetivo trazado en nuestra misión institucional, cual es ser un servicio de excelencia y entregar así la mejor prestación posible para aquella porción de la sociedad que se constituye como la más vulnerable de nuestra sociedad.

Desde ya recordar que la Defensoría Penal Pública, junto al Fondo Nacional de Salud y el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, fue merecedora del Premio Anual por Excelencia Institucional 2019. Por segunda vez, se nos ha reconocido por los altos estándares de servicio, el cual se cumple con gran esmero, especialmente en los criterios de Eficiencia y Productividad, Calidad de Servicio y Gestión de Personas.

Por otra parte, la compleja situación que vive el país hace más de 80 días, nos llevó a plantearnos nuevos desafíos. La labor de la defensa debió extenderse, para brindar asesoría y acompañamiento a todas las personas detenidas en este nuevo contexto social, entendiendo lo importante que es para un estado de derecho, que exista la debida protección judicial, en horas tempranas de la detención.

Se establecieron así turnos en las comisarías, para poder constatar tempranamente las condiciones de detención, y ejercer todas las acciones que surgieran caso a caso. Al mismo tiempo entregar información a los familiares, quienes en muchos casos enfrentaban por primera la vez la detención de un familiar. Más de tres mil personas se han atendido ya en la región desde el 19 de octubre y cada día los defensores y defensoras se han constituido como garantes de un sistema de justicia penal moderno.

Desde dicha mirada la Defensoría Penal Pública es una institución que se caracteriza por propender a la autonomía en su propia estructura y ahora parece hacerse aún más necesario avanzar hacia una revisión de la norma que da vida a la institución. En medio de la contingencia se ha hecho más evidente la necesidad de brindar a la Defensoría de igualdad de condiciones con los demás intervinientes del sistema procesal penal, lo cual permitiría fortalecer su labor. La independencia técnica, que ha ido consolidando nuestro servicio, unido a los altos estándares de eficiencia, nos permiten abordar este desafío, buscando constituirnos con un servicio que garantiza estándares internacionales en materia de resguardo de derechos, desde la detención de una persona y hasta la completa ejecución de una sentencia penal.

Entendiéndose que las autoridades gubernamentales y congresales no deben actuar de manera reactiva, sino que siempre deben prever eventuales crisis institucionales o políticas que pretendan desconocer los cimientos del Derecho Penal y Procesal Penal, la autonomía para nuestro servicio se erige como la acertada medida resolutiva para que cada una de las instituciones que interviene en el proceso penal cumplan adecuadamente sus fines y funciones.

En este sentido, es importante enfatizar que sólo así se podrá ejercer la respectiva función de nuestra institución, que es proporcionar defensa penal de calidad a los imputados que carezcan de abogado, función que por estos días resulta de vital importancia, para propender a la paz social.

Dineros del litio

El futuro del denominado Instituto de Tecnologías Limpias que licita Corfo, ha tenido una impensada demora. Ese centro es fundamental para nuestra región. El centro se debe establecer y dirigir desde Antofagasta porque los recursos salen de acá y es aquí donde están los elementos y los desarrollos más relevantes en los ámbitos citados, no en Santiago.
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Durante 2018 y 2019 hubo una noticia bastante alentadora para nuestra región, con el anuncio del denominado Instituto de Tecnologías Limpias, proyecto asociado a los pagos realizados por las empresas Albemarle y SQM por la explotación del litio.

Se trató de una iniciativa altamente valorada por la zona, en tanto los planes se fusionaban en un gran centro y dejaban a Antofagasta como protagonista.

El objetivo es que el centro desarrolle actividades de investigación y desarrollo, transferencia de tecnología e innovación, asistencia tecnológica y técnica especializada, difusión tecnológica o generación de investigación e información de apoyo a la regulación y a las políticas públicas, en las áreas de energía solar, minería de bajas emisiones y materiales avanzados de litio y otros minerales.

El litio, como el cobre, es un recurso no renovable, de modo que seguir con la mera explotación de minerales no parece una cuestión sensata, ni justa para Antofagasta, espacio que debe cargar con los costos asociados a la industria minera: contaminación, uso de agua, aumento de precios, entre otros.

De allí que la instalación del citado Instituto en la zona, sea algo básico y elemental. Así se entendió y así debe continuarse. No es una pasada de cuenta, sino un trato mínimo para una tierra que le ha aportado miles de millones de dólares al país en más de 100 años de historia de explotación.

Por estos días han surgido suspicacias respecto al futuro del Instituto, y no son trascendidos tranquilizadores. Corfo tiene que decidir quién será el operador, lo que debe tomarse considerando la mejor oferta, pero también entendiendo que se trata de un Instituto que para Antofagasta resultará clave en la medida de que es una palanca para abrir otro tipo de desarrollo hacia el futuro.

Hay buenas ofertas en carpeta y debe elegirse la mejor, pero sin olvidar que los recursos salen de aquí.

Si eso no es reconocido, será una declaración que ofende a esta tierra y algo mucho más grosero que el mero centralismo que ha determinado la construcción de nuestra república.

Antofagasta tiene gente lo suficientemente preparada y sabe cuáles son sus potencialidades, de modo que es clave y fundamental que el Instituto tenga una conducción desde esta tierra, en ningún caso desde la Metropolitana u otra.

Eso fue lo básico de un acuerdo que debe respetarse.

El Servel y el voto de los extranjeros

"Si bien sólo los nacionales pueden ser ciudadanos, eso no obsta a que los extranjeros sí puedan ejercer algunos los derechos".
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En virtud de lo que será el padrón electoral para el plebiscito del 26 de abril se ha generado una polémica a partir de los dichos de Patricio Santamaría, presidente del Consejo Directivo del Servel.

La esencia del debate radica en la posición que adoptó Santamaría respecto a la imposibilidad que tendrían los extranjeros residentes en Chile para sufragar en el plebiscito. Lo anterior, se infiere a partir de la socialización de un padrón electoral que sólo consideró a los chilenos con derecho a voto y que excluyó a los extranjeros que sí tienen la posibilidad de sufragar.

Al respecto es importante señalar que el artículo 13 de la Carta Magna señala que "son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva", agregándose que "la calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran". De esta forma, la participación electoral -y a partir de lo que establece este artículo- queda reducida a una opción que está condicionada, entre otros factores, a la nacionalidad del elector.

Hasta aquí, la interpretación de Santamaría sería correcta. Sin embargo, la no conjugación del artículo 13 con el artículo siguiente evidencia el error de la máxima autoridad del Servel.

Esto es así, ya que el artículo 14 señala que "los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, y que cumplan con los requisitos señalados en el inciso primero del artículo 13, podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley".

De este modo, se evidencia -y de forma expresa- que en el artículo 14 de la Constitución se establece el derecho de algunos extranjeros a ejercer derechos ciudadanos a partir del cumplimiento de ciertas condiciones, sin que esta posibilidad implique necesariamente considerarlos ciudadanos.

Así entonces, y a partir de la polémica, el presidente del Consejo Directivo del Servel erró en su interpretación original cuando conjugó de manera limitada los alcances de los artículos 13 y 14 de la Constitución.

Ante esto, y a fin de aclarar la cuestión, es imperativo señalar que si bien sólo los nacionales pueden ser ciudadanos (artículo 13), eso no obsta a que los extranjeros sí puedan ejercer algunos los derechos que se le reconoce al atributo de la ciudadanía (artículo 14).

Pedro Díaz Polanco

Director de la Escuela de Administración Pública Uach