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ENTREVISTA. maría angélica ojeda, profesora que solicitó retiro de fondos:

"Estoy satisfecha. Logramos poner en el debate que las AFP están fracasadas"

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Constanza Caldera Pfeiffer

La profesora antofagastina, María Angélica Ojeda, asegura que el pronunciamiento respecto a la inaplicabilidad del decreto ley 3.500 de AFPs, dictado el jueves por el Tribunal Constitucional, no le sorprendió, pues dicha entidad vela por la protección de las normas.

Sin embargo, afirma sentirse conforme con lo logrado. Esto, a raíz del debate generado entorno a la efectividad del actual sistema previsional.

Por eso no se rinde, y adelanta que acudirá incluso a instancias judiciales internacionales para lograr algo que a su juicio es un derecho humano, como el acceso a la vivienda, lo que pretende financiar con sus ahorros previsionales.

¿Qué le pareció el pronunciamiento del Tribunal Constitucional?

-Estábamos esperando que el Tribunal Constitucional nos denegara la solicitud que hizo la Corte de Apelaciones de Antofagasta y Punta Arenas, ya que unimos los dos casos, porque ellos son guardianes de la Constitución y la van a proteger siempre y son apegados a la norma. Entonces, no van a reconocer que hoy la Constitución tiene una fisura que es el derecho a la propiedad. Porque ellos protegen la propiedad, que es uno de los primeros acápites de la Constitución, pero la verdad es que nosotros tenemos una propiedad que no es nuestra que está vigilada por las AFP y no podemos determinar el uso de ello.

¿Qué sensación le da?

-Yo me siento satisfecha porque hemos logrado poner primero que todo el debate de que hoy las AFP están fracasadas. Que la gente se dé cuenta que necesitamos un nuevo sistema previsional, que no necesariamente tienen que ser las AFP, sino que optativo. Si ganas sobre $4 millones, obvio que tienes que capitalizar y te servirá la AFP, pero si ganas $400 mil a lo mejor te sirve el sistema de reparto, en cambio, si recibes $2 millones, podría ser solidaria y tener una previsión mixta donde capitalices una parte del dinero y la otra vaya a un fondo solidario.

Uno de los planteamientos del proyecto presentado por el gobierno fue aumentar el % de cotización. ¿Qué le parecería?

-El Presidente Sebastián Piñera hizo un proyecto de ley que todavía no sale a la luz. Bueno, uno de los factores que nos genera tener pensiones tan bajas, es el porcentaje de cotización que hacemos. Antes era tripartito, el Estado, empleador y trabajador aportaban. Hoy solamente los trabajadores aportamos a este sistema previsional.

¿Se debería volver a un sistema tripartito?

-De hecho, todavía existe el sistema tripartito, porque las Fuerzas Armadas tienen el aporte del gobierno. Hay 32 cajas de compensación, según informó el abogado Alejandro Charme (representante del Presidente Piñera en ambas causas) ayer en el Tribunal Constitucional que todavía existen, incluido el ISP.

Hoy nosotros como movimiento No+AFP afirmamos que no existe seguridad social. Pero, ellos afirman que sí existe porque está el pilar solidario, las cajas (de compensación) y además las AFP, que es una opción obligada y forzada a todos los trabajadores.

Tablas

¿Debiera modificarse la tasa de esperanza de vida?

-Es que justamente la esperanza de vida hace que nosotras tengamos pensiones muy bajas. La senadora Mónica Rincón (DC) decía que es súper importante que se pudiera bajar la tasa de esperanza de vida a 85 años, que es la edad promedio en que muere la gente. Entonces, si es así, aumentarían las pensiones en 40%.

Creo que es súper importante bajar la tasa porque no toda la gente vivirá hasta los 110 años, imposible.

¿Está conforme con el debate que surgió?

-Sí, muy conforme porque tenemos unos abogados de lujo. Fernando Atria, doctor en Derecho, que nos ayudó mucho en esto. Yo creo que llegamos al punto que queríamos, que era que la justicia se pronunciara y la Corte de Apelaciones de Antofagasta nos abrió la puerta al Tribunal Constitucional, porque esta era una instancia que no habíamos visto.

¿Cuáles son los pasos a seguir?

-Vamos a seguir el conducto regular, tiene que darnos la respuesta la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Después iremos a la Corte Suprema, luego a la Corte Internacional de Justicia y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

¿Cree fallen a su favor?

-Yo creo que sí. En la Corte Interamericana de Derechos Humanos nosotros plantearemos el problema de salud de Beatriz Valenzuela de Punta Arenas, y el problema habitacional que yo tengo por la posibilidad de perder la casa. Porque son derechos humanos, el derecho a la vivienda y la salud son derechos humanos, entonces en eso está fundamentado realmente el pedir nuestros fondos previsionales.

"En la Corte Interamericana de Derechos Humanos plantearemos el problema de salud de Beatriz Valenzuela, y el habitacional que yo tengo".

Abogados opinan sobre la decisión

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Rubén Gajardo Chacón, Decano Fac. Ciencias Jurídicas UA

"Ella es dueña de los fondos (profesora), pero el dominio tiene límites. Dentro de éstos, en este caso el mecanismo de seguridad social".

El decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la UA, explicó que el pronunciamiento del TC responde a que sí es constitucional lo establecido en el decreto ley 3.500 relativo a las AFPs. Por lo tanto, sobre esa base, la Corte de Apelaciones de Antofagasta deberá resolver el recurso presentado por la profesora María Angélica Ojeda, en el cual solicita retirar sus fondos previsionales, pues con la pensión que tiene no le alcanza para pagar el dividendo de su casa. Gajardo agregó que lo que resuelva la Corte de Apelaciones, también es apelable ante la Corte Suprema, aunque adelanta que lo más probable es que se rechace el recurso de protección. "No hay infracción de ley, si el Tribunal Constitucional dice que esa ley es constitucional, entonces no puede haber infracción (...) esto claramente está muerto porque en ninguna parte está contemplada esta posibilidad (retirar los fondos)", indicó. Gajardo agregó que los ahorros previsionales están destinados exclusivamente a pensiones, de acuerdo con el régimen del decreto ley 3.500, el cual dice que la mujer solo puede acceder al beneficio de la pensión a partir de los 60 años. Sobre la opción de acudir a organismos internacionales fundamentando que se debe garantizar derechos humanos como el acceso a la vivienda, indicó que "tener pensión también es un derecho humano, y estos fondos son para eso. Entonces, resulta que se estaría privilegiando un derecho humano sobre otro. Ella es dueña de los fondos, pero el dominio tiene límites y dentro de estos está en este caso el mecanismo de seguridad social, que esos fondos son para la vejez".

Manuel Núñez Poblete, Director Escuela Derecho PUCV

"Si el Tribunal Constitucional rechaza, eso no obliga a la Corte de Apelaciones a rechazar el recurso de protección que interpuso la profesora".

El director de la Escuela de Derecho de la PUCV, destaca que el rechazo del TC frente al requerimiento de inaplicabilidad del decreto ley 3.500 relativo a las AFPs, no quiere decir que todo está perdido luego en los juicios ante la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema. "Es perfectamente posible, y la experiencia así lo demuestra, que la Corte de Apelaciones incluso a ella (profesora) le puede dar la razón, disponiendo alguna medida contra la administradora de fondos de pensiones si es que ésta encuentra argumentos para dictar una sentencia que sea parte de lo resuelto por el Tribunal Constitucional. Es decir, si el TC rechaza, eso no obliga a la Corte de Apelaciones a rechazar el recurso de protección que interpuso la profesora", indicó. Sobre si existen argumentos que podría utilizar la Corte de Apelaciones para darle la razón a María Ojeda, Núñez plantea que es difícil. "Pero sí, la Corte (de Apelaciones) podría, por ejemplo, aplicar directamente la Constitución, y eso lo ha hecho la Corte Suprema, para dejar sin aplicación un precepto legal. Ha generado polémica, pero existen herramientas, yo diría extraordinarias, en manos de los tribunales de justicia para tomar una decisión como esa", señaló. Núñez agregó que en general, estas decisiones no se toman cuando el efecto de la sentencia puede significar el descalabro del sistema previsional chileno. "Quizás en este caso ambas cortes tendrían que preguntarse: ¿estamos dispuestos a tomar la misma decisión en todos los juicios posteriores que tengamos sobre la misma materia?".

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