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Académicas sostienen que podrían aumentar recursos contra las AFPs

CONSTITUCIONAL. Abogadas analizaron los efectos de caso que llegó al TC.
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Una serie de consecuencias para el sistema de pensiones podría tener el inédito requerimiento de inaplicabilidad realizado por la Corte de Apelaciones de Antofagasta al Tribunal Constitucional (TC).

Así advirtieron académicas de la Universidad de Antofagasta (UA) y la Pontificia Universidad Católica (PUC), quienes analizaron el proceso y posibles resultados del caso de María Ojeda, profesora jubilada que solicitó sus fondos previsionales a la AFP Cuprum.

Si bien las académicas aclararon que en principio el resultado solo tendría efecto particular para este caso, el pronunciamiento del TC marcaría un precedente capaz de desencadenar acciones legales en todo el país, similar a lo ocurrido previamente con la tabla de factores de la Ley de Isapre. Este efecto podría ocurrir incluso si la solicitud de Ojeda fuera rechazada posteriormente en la Corte Suprema.

Al respecto la profesora de derecho constitucional de la UA, Fabiola Rivero, afirmó que existen posibilidades de obtener una sentencia favorable en base a tres conceptos utilizados en derecho constitucional: el bloque de constitucionalidad, el control constitucional y el control de convencionalidad. Esto implica que las instituciones deben realizar un análisis de primer nivel vinculado a Derechos Humanos (DD.HH.).

"La constitución chilena entrega el mandato de sujetarse a tratados internacionales de DD.HH. y son parte de nuestro bloque constitucional. Por tanto, la Segunda Sala de la Corte de Antofagasta hace un control constitucional remitiendo los antecedentes al TC, pero también se hace cargo de nuestro bloque constitucional como ciudadanos que vivimos y cotizamos previsionalmente en Chile", explicó.

Por su parte, la profesora de la Facultad de Derecho PUC, Constanza Hube, aseguró que muchos requerimientos de inaplicabilidad son rechazados al estar mal fundamentados o no ser decisivos para la resolución del asunto. No obstante, la solicitud no fue realizada por una de las partes del caso sino por los magistrados, por tanto en caso de aprobarse podría abrirse un escenario complejo para la operación del sistema.

"A partir de esta inaplicabilidad acogida se pueda presentar una acción pública de inconstitucionalidad de los preceptos legales. En ese caso el Tribunal Constitucional con un quórum más alto tendría que decir si deroga o no la norma considerada inaplicable, en este caso saldría dentro de las disposiciones el decreto 3.500 que es el que regula el sistema de pensiones y que también regula la Superintendencia de Pensiones", afirmó.

Asociación de AFP: "Nos llevan a quebrar un sistema"

REACCIONES. Desde el gremio y también desde el Gobierno se manifestaron en contra de la posibilidad de devolver fondos previsionales de una sola vez.
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Redacción

Alarmas tanto en el gremio de las AFPs como en el mismo Gobierno causó la decisión de la Corte de Apelaciones de Antofagasta de enviar un requerimiento al Tribunal Constitucional para determinar si el decreto de ley 3.500, que regula las AFPs, contradice derechos fundamentales, como el de propiedad.

Esto, puesto a que si el Tribunal Constitucional falla que en este caso no es aplicable el decreto de Ley 3.500, la demandante podría recibir el total de sus fondos de la administradora de pensiones, por lo que esta medida podría replicarse en otros cotizantes.

Es por esto que desde la Asociación de AFP declararon que este caso podría arruinar el sistema, o al menos así lo expuso el gerente general del gremio, Fernando Larraín, quien además dijo que este debate desvía el verdadero objetivo que se tiene, que es el de mejorar el modelo.

"Esto no tiene que ver con más o menos AFPs, sino que esto tiene que ver con cómo nosotros construimos buenas pensiones para los trabajadores. Lo que se está haciendo acá es desviar el debate. Llevamos cuatro años discutiendo sobre una reforma sobre cómo mejorar las pensiones y ahora nos ponemos a discutir si se pueden o no retirar las platas para las pensiones. A lo que nos están llevando es a quebrar un sistema y hablar de otra cosa".

Previsión

Evitando hablar puntualmente del caso de la profesora, Larraín agregó que las pensiones de los trabajadores no tienen otro fin que estar disponibles para éstos al tiempo de jubilar. Por lo tanto, no ve efectivo que los ahorros de la docente se les deba dar otro fin.

"Hay que tener bien claro que el dinero (cotizado) es para las pensiones, no para otra cosa. Si queremos buscar un sistema de ahorro para otros fines u otro tipo de situaciones, ya sean de salud o etcétera, eso ya no es un sistema de pensiones. Por lo tanto tenemos que resguardar que el mandato que nosotros tenemos legal por parte de las AFP, es resguardar el fondo de los trabajadores para que estos después sean usados con fines previsionales".

Por último agregó que las AFP funcionan en el marco legal de la ley, por lo que no teme una decisión adversa por parte del TC.

"Vivimos en un país donde las instituciones funcionan, en donde confiamos en los argumentos que tenemos y confiamos en los argumentos que tendrán los ministros también en la Corte y por lo tanto vamos a resguardar y seguir y salvaguardar uno de los activos que tenemos en nuestro país, que tiene que ver con el sistema previsional".

Gobierno

Desde el Ejecutivo, el ministro del Trabajo Nicolás Monckeberg, entró también al debate respecto de la posibilidad de que el Tribunal Constitucional dirima sobre si aplica o no que la AFP devuelva los fondos de pensiones a la docente demandante.

"Como ministro no me corresponde pronunciarme sobre las decisiones que tomen las cortes de justicia y particularmente la Corte de Antofagasta, sólo quiero reafirmar que se han presentado una decena de recursos iguales a este y todos han sido rechazados y declarados inadmisibles", dijo.

No obstante de darse el caso contrario a los casos que el ministro expone, alegó que la medida obedece a una acción política.

"En mi opinión, sostener que es inconstitucional una ley que obliga que esos recursos se usen para pensiones no tiene fundamento, no ha tenido fundamento en el pasado, ni lo tendrá en el futuro, porque precisamente lo que la ley garantiza es que ese ahorro es del trabajador y es para garantizarle una pensión en sus años de vejez".

Fernando, Larraín, Gerente., gremio AFP

"Me llama la atención que se discuta este tipo de temática que no tienen relación con mejorar las pensiones de los chilenos".

Nicolás, Monckeberg, Ministro del

Trabajo

"Se han presentado una decena de recursos iguales a este y todos han sido rechazados y declarados inadmisibles".

Profesora que llevó a las AFPs al TC: "Mi pensión es $185 mil, pero mi dividendo es de 212 mil pesos"

TRIBUNALES. El recurso de protección de María Angélica Ojeda terminó involucrando al Tribunal Constitucional. Su abogada no descarta incluso llevar el caso a la CIDH.
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T. Miranda/ C. Ascencio

E l viernes, a través de este mismo Diario, se dio a conocer que la Corte de Apelaciones de Antofagasta había elevado un requerimiento al Tribunal Constitucional para que determinara si el decreto de ley 3.500, que crea las Aseguradoras de Fondos Previsionales (AFP) es "aplicable". Esto tomando en cuenta que -según la misma Corte antofagastina- se contrapone a derechos constitucionales, como el derecho a propiedad.

El requerimiento, calificado como histórico tanto por abogados como por activistas, y que ayer fue acogido a tramitación por parte del Tribunal Constitucional, se origina de un recurso de protección presentado por la profesora de matemáticas y física, ya jubilada, María Angélica Ojeda, de 65 años, quien solicitó en su escrito que la AFP Cuprum le entregue la totalidad de sus fondos ahorrados durante su vida laboral ($46 millones), lo que le permitiría pagar lo que le resta de la hipoteca de su vivienda.

Actualmente la docente, quien fue dirigente del Colegio de Profesores y además es parte del movimiento No más AFP, recibe de pensión $185 mil, mientras que el dividendo que debe pagar por otros 5 años, asciende a $212 mil.

Ayer la profesora recibió en su casa de calle Caracoles a decenas de reporteros y conversó en vivo con animadores de casi todos los matinales de canales nacionales, "aunque hablan mucho ellos, entonces es difícil que uno intervenga", dijo justo después de uno de esos contactos.

A pesar que la noticia se masificó el viernes (ese día fue portada de este medio), María Ojeda había estado inubicable, pues se encontraba en la Isla Santa María. "Tuvimos que caminar para encontrar señal y ver el revuelo que estaba quedando", explicó.

Para la profesora, que su recurso haya llegado al Tribunal Constitucional "abre una luz de esperanza para muchos pensionados".

El suyo es justamente el único de la veintena de acciones presentadas por el movimiento No más AFP en todo el país, que llega tan lejos. Los diez restantes que sortearon la primera barrera, ser acogidos a trámite en las Cortes de Apelaciones, luego fueron rechazados. Además, uno de los que fue apelado en segunda instancia, también fue rechazado en la Corte Suprema.

¿Por qué presentó este recurso?

-La propaganda dice que los ahorros previsionales son tu propiedad, pero la verdad es que no podemos disponer de ellos. Ellos (las AFPs) deciden por mí y deciden cuánto me van a pagar. Incluso calculan cuántos años voy a vivir. Yo creo que el Estado me tiene que dar seguridad social, eso es lo que corresponde. Pedí los fondos porque mi pensión es de 185 mil pesos y el dividendo que pago es de 212 mil pesos, me quedan por pagar 5 años. ¿Con qué vivo?, ¿con qué pago mis gastos básicos?

¿Cómo usted vive actualmente, si el dividendo que paga es mayor a lo que recibe de pensión?

-Si no fuera por la familia, yo creo que no podría vivir. Mis hijas ya son profesionales y me ayudan. Yo me pregunto cómo viven muchos pensionados en Chile, con rentas incluso menores a la mía. Hay gente que gana $120 mil. Yo trabajé dos años más pensando que iba a mejorar mi pensión. Coticé 32 años.

Si le entregaran su dinero, ¿cuál sería su plan?

-Lo primero es que el Tribunal Constitucional se pronuncie y reconozca que la ley de AFPs rompe con el derecho a propiedad de nuestros ahorros. Esa es primero mi meta, que haya otro sistema, tripartito, solidario, más digno.

El video de la entrevista completa puede ser revisado en

soyantofagasta.cl

"La propaganda dice que los ahorros previsionales son tu propiedad, pero la verdad es que no podemos disponer de ellos".

Otra corte

La abogada Nina López, quien realizó los alegatos a favor del recurso en la Corte, dijo que esta determinación del tribunal es histórica. "No conocemos otra resolución que contenga un pronunciamiento como este". La abogada explicó que en los recursos de apelación que se empezaron a presentar, a partir de esta resolución, se agrega la solicitud de que en subsidio se adopte la misma decisión que la Corte de Antofagasta, para que así el TC se deba pronunciar. En el caso de que el TC falle en contra de la profesora, López explicó que aún existe la posibilidad de recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. "Si un país otorga categorías distintas a la propiedad cuando se trata de grupos económicos y cuando se trata de trabajadores, estaríamos ante la ausencia de un Estado de Derecho y recurriríamos al CIDH", dijo.

$46 millones es la suma total que tiene la profesora jubilada María Angélica Ojeda, quien de esta suma recibe mensualmente $185 mil, motivo por el que exige el total de sus fondos.

1980 se establece el decreto de Ley 3.500 que pone en vigencia el actual sistema de las aseguradoras de pensiones en el país, siendo actualmente cuestionado por grupos sociales.

2018 es obligatorio para todos los independientes que trabajan a honorarios, cotizar en una AFP. Los únicos que no cotizan en este sistema son las Fuerzas Armadas.