Abogados cuestionan acusación contra ministros
CORTE SUPREMA. Jueces que dictaron libertad condicional a condenados por delitos de lesa humanidad ahora enfrentan proceso constitucional.
Como un camino equivocado que afecta la autonomía del Poder Judicial. Así califican abogados locales la acusación constitucional que fue presentada por parlamentarios de la oposición contra tres ministros de la Corte Suprema, a quienes recriminan un notable abandono de deberes.
La controversia surgió el martes 31 de julio, cuando la Sala Penal del máximo tribunal del país concedió libertades condicionales a seis condenados por crímenes de lesa humanidad durante la dictadura.
Las críticas fueron dirigidas a los ministros del fallo, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y Manuel Valderrama, a quienes agrupaciones de familiares de detenidos desaparecidos y parlamentarios acusaron de no respetar acuerdos internacionales, además de señalar un cambio de doctrina en la materia.
Tras algunas semanas, finalmente este lunes los magistrados fueron notificados formalmente de la acusación, comenzando el debate sobre si la acción atenta contra la imparcialidad de los jueces.
Análisis
El director de la Escuela de Derecho de la Universidad Santo Tomás, abogado Jorge León Rojas, explicó que una acusación constitucional es un mecanismo que establece la Constitución y permite hacer efectiva la responsabilidad de algunas autoridades, en este caso, ministro de la Corte.
"Si bien la Cámara de Diputados goza de la atribución de provocar en el Congreso la discusión de si hay o no lugar a una acusación constitucional, no había sido utilizada respecto de ministros de la Corte Suprema, pues priman los principios que reconoce la Constitución de independencia y de inavocabilidad" señaló.
Para León, la medida deja el mensaje de ser el estado de derecho uno relativo, cuando no lo es, y que el Congreso al ser un órgano representativo fruto de la democracia directa, puede cuestionar y solicitar rendición de cuentas a la forma en que se ejerce jurisdicción.
Al ser consultado sobre si este escenario afecta la independencia de los magistrados, aseguró que sí, "en especial si la medida al parecer no se ha detenido en calificar de modo serio y adecuado los requisitos que se exigen para reclamar el abandono de deberes de un poder del estado".
La académica de la Escuela de Derecho de la Universidad Católica del Norte, Viviana Ponce de León, manifestó que en este contexto, si bien el razonamiento de la Corte puede ser jurídicamente discutible, formalmente se enmarca en la institucionalidad vigente y difícilmente configura un notable abandono de deberes.
"La acusación pone en entredicho la confianza de la ciudadanía en las instituciones públicas", dijo, añadiendo que ello podría constituir una intromisión ilegítima del órgano legislativo en funciones jurisdiccionales.
"La acusación constitucional representa una herramienta clave para la vigencia de una de las premisas básicas del Estado de Derecho: el control del poder. El problema se plantea cuando la acusación constitucional se emplea fuera de dichas causales", subrayó la académica de la UCN.
Reposición
Un recurso de reposición o la revisión del fallo ante el pleno de la Corte Suprema, son los caminos que el vicepresidente del Colegio de Abogados de Antofagasta, Carlos Bonilla, considera como las opciones disponibles en caso de que no existiera conformidad con la resolución.
"Esos son los caminos que fija nuestro ordenamiento jurídico para impugnar resoluciones judiciales", precisó Bonilla.
El abogado sostuvo que una sentencia puede "ser muy mala", pero eso no faculta a ningún otro poder para revisar fundamentos de hecho y de derecho.
El Poder Judicial también se refirió al tema, a través de el presidente de la Corte de Apelaciones (s), Óscar Clavería.
"Es la garantía de imparcialidad de los jueces, pilar insustituible de un estado de derecho, la que puede verse comprometida por este tipo de acciones, afectando la confianza en el servicio de justicia que todas las personas tiene derecho a exigir y recibir", expresó el ministro.
Incluso Clavería advirtió que para que exista un notable abandono de deberes, éste debe relacionarse a los delitos de cohecho o a la falta de observancia en materia sustancial de leyes que reglan el procedimiento o la denegación y torcida administración de justicia.
El ministro concluyó que "a los ojos de las personas, se va a poner en duda lo que es la autonomía, la independencia e imparcialidad de los jueces".
Viviana Ponce de León,, académica, Derecho UCN"
Jorge León R.,, director, Escuela de, Derecho UST"
"La medida al parecer no se ha detenido en calificar de modo serio y adecuado los requisitos que se exigen para reclamar el abandono de deberes de un poder del estado". "La acusación pone en entredicho la confianza de la ciudadanía en las instituciones públicas y puede constituir una intromisión ilegítima del órgano legislativo".
Carlos Bonilla,, Colegio de, Abogados, Antofagasta, Óscar Clavería,, presidente (s) Corte de, Apelaciones"
"Un recurso de reposición o la revisión del fallo ante el pleno de la Corte Suprema son los caminos que fija nuestro ordenamiento jurídico". "Es la garantía de imparcialidad de los jueces, pilar insustituible de un estado de derecho, la que puede verse comprometida por este tipo de acciones"."