Abogados advierten que la nueva ordenanza municipal es inaplicable
MUNICIPIO. El senador Pedro Araya contó que están estudiando la posibilidad de interponer un recurso de protección o un reclamo de ilegalidad.
La nueva ordenanza municipal que regula el comercio ambulante, la limpieza de parabrisas, malabarismo y pernoctación en la calle, sigue dando que hablar.
Esta vez fueron los abogados quienes criticaron esta medida que, según el municipio, busca asegurar el uso adecuado de los espacios públicos y garantizar seguridad a los habitantes de la comuna.
El abogado y decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de Antofagasta, Rubén Gajardo, manifestó que el municipio tiene atribuciones para disponer un ordenamiento de la ciudad. Sin embargo, si se mezcla el comercio con la pobreza, se convierte en algo inaplicable.
Es importante recalcar que el municipio podrá sancionar la infracción a la ordenanza con multas de 1 a 5 UTM (entre $46 mil y $233 mil).
"Me parece imposible de llevar a cabo. Toda norma que se dicte tiene sentido en la medida que se pueda aplicar, de lo contrario pasa a constituir ese montón de normas que existen y que nunca se aplican", dijo.
También aseguró que este tipo de ordenanzas producen el desprestigio de las instituciones. "No es una normativa práctica porque no va a producir el efecto que se espera. Aquí hay un tema de pobreza y hay que atacar la fuente de este problema. Culpar a los pobres no es la solución", indicó.
Criterio
El jefe regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Paulo Palma, sostuvo que el municipio actúa bajo su normativa y competencias al dictar una ordenanza de este tipo, pero "obedece a un criterio ajeno totalmente de una visión de derechos humanos".
"Se va a transformar en una medida discriminatoria que va aumentar la criminalización de las personas en situación de calle, que ya se encuentran en una de las peores formas de vulneración de derechos humanos que puede existir, como lo es la pobreza", precisó.
Agregó que la medida adoptada por la municipalidad no viene a atacar el fondo del problema, sino que agravará la situación y persecución a las personas en esta situación.
Para el jefe del INDH, la normativa presenta incongruencias tales como que no tienen domicilio fijo ni conocido para ser notificados y carecen de ingresos para pagar la o las multas.
Palma manifestó que el municipio junto con esta ordenanza debió concebir otros caminos que fomenten la inclusión y empatía a este sector de la comunidad.
"Pudo haber contemplado soluciones como hogares, casa de acogida o albergues para hacer frente a la situación de calle, con un apoyo y acompañamiento psicosocial y quizás la implementación de un programa de capacitación de oficio o arte, para contribuir a la superación de la pobreza de forma útil y humana", sostuvo.
Incongruencias
En tanto, el senador Pedro Araya, manifestó que la ordenanza es populista y está "mal hecha".
"A mi juicio hay errores jurídicos que son garrafales. Además, no tiene ningún sentido que se pueda sancionar a una persona que está en situación de calle porque esa misma persona apenas tiene para comer en el día", sostuvo.
Araya fue enfático y aseguró que de prosperar esta normativa, van a estudiar interponer un recurso de protección o un reclamo de ilegalidad.
"En esto la alcaldesa Karen Rojo se extralimitó en sus atribuciones. Además, hay que tener presente que la alcaldesa y el municipio no tiene ninguna atribución con Carabineros de Chile".
Algunos extractos de la ordenanza
Artículo 3: "De igual forma se prohíbe destinar las calzadas de calles o caminos a otro uso que no sea el tránsito de vehículos; practicar cualquier juego o deporte o efectuar actividades de limpieza de vidrios y/o parabrisas y en cruces regulados por semáforos, en la Comuna de Antofagasta, por atentar esta contra la seguridad vial, y la integridad física de los transeúntes, peatones, automovilistas y los propios contribuyentes que ejercen la actividad.
Artículo 8: "Se prohibe efectuar trabajos de mecánica que no sean de emergencia y lavar vehículos; instalar bombas surtidoras de combustibles, y dejar animales sueltos o amarrados en forma que pudieren obstaculizar el tránsito. El cruce de animales de uno a otro lado de la vía, sólo podrá hacerse en lugares autorizados y previamente señalizados.
Artículo 7: "De igual forma se prohíbe colocar, cargar, arrastrar o hacer rodar bultos, canastos u otros, cuyo tamaño o forma moleste a los peatones o entorpezca el tránsito, como también colocar propaganda y otros objetos que puedan entorpecer el tránsito de peatones o vehículos.
Artículo 11: "Queda prohibida toda forma de ocupación de Bienes Nacionales de Uso Público, ejercida con miras a pernoctar, acampar, habitar, residir o instalarse con el propósito de realizar alguna de las actividades señaladas en el inciso siguiente. Asimismo, se prohíbe en toda la comuna, desarrollar actividades tendientes a solicitar dinero o especies a los transeúntes, ocasionando molestias a los mismos".
11 artículos es la multa que tendrán que pagar los infractores. Así lo estipula la nueva normativa que fue aprobada por el concejo municipal el pasado 18 de octubre.
tiene la nueva ordenanza municipal que busca regular la pernoctación en la calle, el comercio ambulante y todo tipo de actividades económicas informales. en situación de calle viven en la Región de Antofagasta, según la Seremi de Desarrollo Social. Éstas podrían verse afectadas por la nueva normativa.