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Estaciones de monitoreo registran los mayores niveles de MPS frente al puerto

CONTAMINACIÓN. Ausencia de una norma específica dificulta sin embargo sacar conclusiones.
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José Luis Ramírez M.

Mediciones realizadas por el Ministerio de Medio Ambiente situaron en las inmediaciones del puerto la zona más expuesta a la presencia de metales pesados en la ciudad.

Los análisis forman parte de una campaña de monitoreo de Material Particulado Sedimentable (MPS) anunciada el año pasado como uno de los compromisos del Plan de Sustentabilidad de Antofagasta, y sus primeros resultados fueron entregados ayer.

Las mediciones buscan determinar la tasa de sedimentación del material particulado, expresada en miligramos por metro cuadrado al día (mg/m2día), así como la presencia de metales específicos dentro del MPS recolectado.

Para ello se habilitaron estaciones en la Casa de Retiro del Colegio San Luis, la plaza del edificio de Obras Públicas (frente al puerto), la terraza del edificio Corfo y el Regimiento Logístico N°1 Tocopilla.

Valores

De acuerdo a lo informado, las mediciones realizadas durante diciembre (las primeras del programa) arrojaron que las mayores acumulaciones de MPS se registraron en la estación instalada en el MOP, con un promedio de 117 mg/m2día.

Dicho resultado se aleja bastante de los 55 mg/m2día medidos en el edificio Corfo, y más aún de los 40 y 30 mg/m2día verificados en la Casa de Retiro del San Luis y los terrenos del Ejército.

Cabe precisar que las cuatro estaciones fueron instaladas la segunda quincena de noviembre, lo que se significa que se trata de material depositado recientemente.

Esto marca una diferencia importante con análisis realizados con anterioridad, los cuales implicaron toma directa de muestras de suelo, sin posibilidad de establecer una data.

Normas

En Medio Ambiente explicaron que en el país no existe una norma específica para MPS, y es por eso que se recurrió, a modo de referencia, al D.S. N°4/1992 del Ministerio de Agricultura, y a la Ordenanza de la Confederación Suiza Sobre Control de Contaminación del Aire, dictada en 1993.

La salvedad es que ambas regulaciones tienen aplicación específica en el campo de la agricultura y no buscan proteger directamente a la población de posibles contaminantes en el MPS.

En el caso del D.S. N°4, que fue dictado específicamente para la zona agrícola de la cuenca del Río Huasco, el máximo de MPS es 150 mg/m2 mensual y 100 mg/m2 anual.

La norma suiza en cambio sólo establece un máximo anual, que es de 200 mg/m2.

Aunque en términos estrictos no son equivalentes, al comparar se puede inferir que los 117 mg/m2día registrados en el MOP están bajo el valor máximo de la norma suiza, pero superan lo establecido por el D.S. N°4 de 1992 en su valor máximo anual.

Metales

Respecto al análisis puntual de los metales encontrados en el MPS reunido, los resultados indican que el material proveniente de la estación ubicada en el MOP supera el valor máximo establecido por la norma suiza para plomo.

En el caso del zinc, se detectó presencia por sobre el valor máximo de la misma norma en la estación del MOP y en el edificio de la Corfo.

El seremi de Medio Ambiente, Felipe Lerzundi, explicó que la ausencia de una norma específica para MPS y las diferencias técnicas con las dos regulaciones consultadas, impiden sacar conclusiones definitivas, no obstante ayudan a delinear cierto camino.

Lerzundi dijo que una conclusión básica es que en diciembre hubo acumulación de material en las estaciones y que dentro de los elementos de interés había importantes valores para plomo y zinc.

"El número habla por sí solo, hay plomo y zinc disparados respecto al valor de la norma suiza en el puerto", afirmó.

Método

El titular de Medio Ambiente destacó la relevancia del monitoreo, asegurando que por primera vez se está realizando con los métodos técnicamente recomendados para MPS.

Agregó que aunque la identificación de la fuente de contaminación es algo que se abordará en un proyecto posterior, sería "prudente" que ATI diera cumplimiento a una sanción de la Superintendencia de Medio Ambiente que la obliga a limpiar zonas urbanas aledañas al puerto, medida a la que la empresa apeló al Tribunal Ambiental.

Lerzundi explicó que si aquello no ocurre, como ministerio evaluarán recurrir al Consejo Regional para financiar un proyecto de limpieza y activar luego los mecanismos de cobro a través del Consejo de Defensa del Estado si se confirma la sanción.

$36 millones cuesta campaña de monitoreo ambiental. Estos son los primeros

resultados conocidos.

Corte confirma fallo que obliga a alcaldesa a asistir a capacitaciones

MUNICIPIO. Sanción se origina a partir de la denuncia de una funcionaria por "menoscabo laboral".
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Un nuevo revés judicial sufrió la Municipalidad de Antofagasta en la denuncia por "vulneración de derechos fundamentales" interpuesta por la periodista Pricilla Manzano Morales, directora de Turismo y Cultura del mismo ayuntamiento.

En octubre del año pasado el Juzgado del Trabajo acogió el reclamo de la funcionaria, condenando a la municipalidad al pago de $10 millones y a la realización de un plan de capacitación sobre respeto de los derechos fundamentales, al cual -indicaba aquel fallo- debía asistir "personalmente" la alcaldesa Karen Rojo.

Esta semana la Corte de Apelaciones de Antofagasta desechó los argumentos planteados por el municipio para revertir lo resuelto en primera instancia, confirmando en todos sus puntos la sentencia.

Pricilla Manzano alegaba una serie de hostigamientos durante su traslado desde el edificio consistorial a oficinas en la Casa de la Cultura.

La denuncia apuntaba básicamente a represalias por el fracaso de un contrato de seguridad pública que había sido propuesto al Concejo Municipal por la alcaldesa.

Municipio

Héctor Gómez, abogado de la municipalidad, confirmó el fallo adverso, pero precisó las responsabilidades que caben a la alcaldesa en este caso.

Según el asesor jurídico, si bien pudieron efectivamente existir vulneraciones a los derechos de la denunciante, tales acciones fueron llevadas a cabo por los funcionarios que ejecutaron la orden de traslado, proceso donde Rojo no tuvo participación.

"La autoridad tiene la facultad de trasladar funcionarios y así lo reconoce el fallo, el problema fue que lamentablemente el procedimiento no fue bien llevado a cabo. Pero no es la alcaldesa la que ejecuta los procedimientos", dijo el abogado.

Gómez explicó que no obstante existir todavía la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema (tema que ese está evaluando), la administración ha tomado la decisión de implementar los planes de capacitación solicitados por el juzgado en razón de que se trata de una medida de beneficio colectivo.

Medidas administrativas

El abogado de la municipalidad dijo que se evaluará la situación de los funcionarios que ejecutaron la orden de traslado para determinar si corresponde aplicar medidas administrativas. Cabe señalar que, según la denuncia, el desalojo de la oficina se realizó en condiciones poco decorosas. En un video que llegó a manos de la periodista, un trabajador incluso reconoce haber puesto ratones y baratas en su oficina.