Condenan a 7 militares (r) por paso de 'Caravana de la Muerte'
SUPREMA. Estado deberá pagar indemnización por $1.600 millones a familiares de los 14 ejecutados políticos en la quebrada 'El Way' de Antofagasta.
Siete oficiales en retiro del Ejército fueron condenados por la Corte Suprema por su responsabilidad -como autores, cómplices o encubridores- en 14 delitos de homicidio calificado, perpetrados el 18 de octubre de 1973, en la quebrada 'El Way' de Antofagasta en el caso "Caravana de la Muerte".
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal, acogió el recurso de casación sólo respecto a la absolución del acusado Pablo Martínez Latorre, dictando sentencia de reemplazo de 5 años de presidio efectivo, como cómplice de los delitos.
En lo demás, se confirmó la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago por los ilícitos perpetrados por la denominada "Caravana de la Muerte", en su paso por Antofagasta, comitiva militar responsable de los homicidios calificados de Luis Alaniz Álvarez, Dinator Ávila Rocco, Mario Arqueros Silva, Guillermo Cuello Álvarez, Segundo Flores Antivilo, José García Berríos, Mario Godoy Mansilla, Miguel Manríquez Díaz, Danilo Moreno Acevedo, Washington Muñoz Donoso, Eugenio Ruiz-Tagle Orrego, Héctor Silva Iriarte, Alexis Valenzuela Flores y Marco de la Vega Rivera.
Demencia
El máximo tribunal condenó a los exoficiales Sergio Arredondo González, Juan Chiminelli Fullerton, Patricio Ferrer Ducaud y Pedro Espinoza Bravo a penas de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los 14 homicidios.
En tanto, Pablo Martínez Latorre fue condenado a 5 años de presidio por su responsabilidad como cómplice en los delitos. Los exuniformados, Luis Polanco Gallardo y Emilio de la Mahotiere González deberán purgar 3 años y un día de presidio como encubridores. Todas las penas son de cumplimento efectivo atendida la gravedad de los hechos.
Asimismo, el máximo tribunal ratificó la absolución de Gonzalo Santelices Cuevas por falta de participación y el sobreseimiento por demencia de Sergio Arellano Stark.
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile y a los procesados a pagar solidariamente una indemnización total de $1.600 millones a 18 familiares de las víctimas, en montos que varían entre $50 millones y $100 millones, según detalla la sentencia.
El fallo dictado el 12 de diciembre de 2013 por el ministro en visita Leopoldo Llanos -que culminó el proceso que anteriormente tramitaron los ministros Juan Guzmán, Víctor Montiglio y Patricia González- dio por establecido la siguiente secuencia de hechos: Que aproximadamente a las 10 de la mañana del 18 de octubre de 1973, se posó en el Regimiento de Infantería "Esmeralda", ubicado en A. Ejército s/n, Antofagasta, un helicóptero Puma del Ejército de Chile que transportaba una comitiva de militares procedente inicialmente de Santiago, presidida por un Oficial Delegado del Comandante en Jefe del Ejército.
A las 11 horas, a petición del Oficial Delegado, éste efectuó una reunión con el personal de la Guarnición Militar de la Primera División de Ejército, encabezada por el comandante de dicha División en el cine de la Escuela de Blindados.
Paredón
Que, el director de la Escuela de Blindados de Antofagasta dio órdenes al personal de su dependencia para que retiraran de la cárcel pública a 14 prisioneros políticos y fueran transportados a la Quebrada El Way.
Por la noche, los prisioneros fueron separados en grupos de tres o cuatro y llevados frente a un paredón y, a la orden del oficial a cargo del operativo, fueron ejecutados por miembros de la comitiva del Oficial Delegado.