En vigencia se encuentran las medidas provisionales de suspensión por 30 días, dictadas en contra de instalaciones ATI en el Puerto de Antofagasta.
La detención fue solicitada por la Superintendencia de Medio Ambiente y se aplica tanto al Sistema de Acopio de Concentrados (SAC), como al Terminal de Embarque de Graneles Mineros (TEGM).
La medida que afecta al SAC fue aprobada el miércoles de la semana pasada por el Tribunal Ambiental de Santiago y notificada el viernes a la empresa concesionaria.
El mismo viernes el tribunal capitalino acogió una apelación de la superintendencia y amplió la suspensión al TEGM, decisión que fue comunicada a ATI a las 18.20 horas de este martes.
El SAC y el TEGM son las instalaciones que reciben, acopian y embarcan todos los concentrados mineros que llegan o salen a través de ATI. Por eso el inicio de la suspensión de ambos significa detener completamente el movimiento de esta carga por el terminal.
MEDIDAS
El superintendente de Medio Ambiente, Cristian Franz, dijo que las medidas provisionales fueron solicitadas tras la detección de altas concentraciones de metales pesados en el puerto y el área urbana cercana, y previa constatación, además, de fallas en las instalaciones de la empresa concesionaria.
"Como resultado de mediciones practicadas por la SMA con equipos tecnológicos, y existiendo en el sector una fuente emisora (ATI) que incumple obligaciones ambientales destinadas a mitigar este efecto, es posible constatar que existe el riesgo cierto e inminente de un daño al medio ambiente y la salud de las personas", dijo Franz, justificando la procedencia de las medidas provisionales requeridas.
Junto con ordenar la paralización de ambas instalaciones por 30 días, la superintendencia solicitó a ATI medidas de corrección para evitar el riesgo a futuro.
Entre éstas figura la implementación de un sistema de abatimiento de partículas de polvo fugitivo durante el proceso de transferencia de carga desde el TEGM a los barcos y la reparación de fisuras y aberturas detectadas en el SAC.
Cabe precisar que en fiscalizaciones realizadas al terminal, se comprobó la emisión de polvo desde las bodegas de las embarcaciones cuando los concentrados eran vertidos.
INFORME
Tras la ejecución de tales reparaciones, la empresa deberá presentar un informe a la superintendencia detallando los trabajos desarrollados.
El cumplimiento o no de estas medidas será tomado en cuenta a la hora de evaluar la necesidad de mantener o renovar la medida provisional de detención de funcionamiento.
La detención de operaciones es una medida provisional solicitada en el marco de una segunda formulación de cargos contra ATI, notificada a la empresa el 6 de marzo.
La SMA ya había abierto un proceso sancionatorio contra la compañía en diciembre de 2014, lo que derivó en la presentación de un plan de cumplimiento que fue aprobado, con observaciones, por el organismo ambiental.
Frente a los últimos cargos recibidos, ATI tiene la oportunidad de presentar "descargos" (ya no otro plan de cumplimiento) en un plazo de 15 días contados desde la notificación.
El proceso en curso puede dar lugar a la revocación de las resoluciones de calificación ambiental que permiten la operación del SAC y el TEGM, clausura o multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales, unos $2.600 millones.