Robos y hurtos ahora pueden sancionarse con servicio social
Una veintena de personas ya ha cumplido en la región penas sustitutivas, entre ellas, de servicio a la comunidad, tras cometer delitos de menor cuantía o que, pudiendo ser considerandos graves, reciben penas atenuadas.
La norma que permite esta salida (la N°20.603) comenzó a regir el 26 de diciembre del año pasado y puede ser aplicada a hurtos, robo a vehículos, manejo en estado de ebriedad, robo con fuerza en lugar no habitado, delitos contra la propiedad intelectual y, en general, a ilícitos con penas inferiores a 5 años.
Se excluyen de esta posibilidad delitos como robo con intimidación con reincidencia y los delitos sexuales.
Antofagasta no ha estado ajena a la aplicación de este tipo de condenas, que fundamentalmente buscan evitar que personas que han cometido delitos menores, vayan a la cárcel.
Otra ventaja es que permite a los condenados asumir y reparar en parte el daño provocado, por ejemplo, con trabajo a favor de la comunidad.
La nueva ley establece cuatro formas de cumplir las condenas, comenzando por la libertad vigilada, que significa estar sometido a un régimen de control y orientación por parte de un delegado.
Existen dos tipos de libertades vigiladas. El primero es el régimen normal, que se aplica a condenas entre dos y tres años, y el segundo a la libertad vigilada intensiva, que rige para penas mayores de tres años y menores a cinco años.
También se aplica a los casos de violencia intrafamiliar y delitos sexuales con penas de 540 días y no más de 5 años. Este régimen es de mayor control, supervisión e intervención.
Otra condena alternativa es la reclusión parcial, que significa que la persona no deberá cumplir pena en centros penitenciarios, sino que bastará con que permanezca en su domicilio u otro lugar determinado por el tribunal, por un total de 56 horas semanales. Este tiempo puede ser diurno, nocturno o de fin de semana.
La ley también incluye la remisión condicional de la pena, que obliga al condenado a firmar en un centro de reinserción social una vez al mes por el tiempo que dure su condena, que puede ir de 1 a 3 años.
La defensora regional Loreto Flores destacó que el hecho que la norma reemplace la antigua reclusión nocturna por una reclusión parcial, permitiendo así que la persona cumpla su pena en el domicilio, dentro de un horario determinado, buscando adaptarse a sus necesidades laborales.
En relación a las prestaciones de servicio a la comunidad, que es la parte más llamativa de la ley, la defensora explicó que se aplica a delitos que contemplan reclusión hasta por 300 días.
También puede usarse para sustituir el pago de multas impagas, tema que antes daba origen a días de cárcel.
Según detalló Loreto Flores, los servicios a la comunidad se realizan a través de convenios con la municipalidad u otros servicios, sin que la persona reciba remuneración.
Muchos de estos trabajos dicen relación con labores de jardinería, aseo, mantención o bien con la colaboración en recintos comunitarios, como el Hogar de Cristo.
"El trabajo es que Gendarmería concrete todos los convenios que considere importante, para así dar cumplimiento a estas condenas", dijo la defensora regional.
Hasta ahora unas 20 personas han cumplido sus condenas a través de este sistema, la mayoría debido a alguna multa que pudieron pagar.
El director regional de Gendarmería, teniente coronel Ricardo Bravo Palma, señaló que esta modificación legal contribuirá a la reinserción social.
El oficial dijo además que la aplicación de la norma debe ser enfrentada como un objetivo conjunto con entidades de la comunidad.
"Es por esta razón que agradecemos a las organizaciones sin fines de lucro que han querido estar presentes en el desarrollo de estas condenas, como lo es, en este caso, la Municipalidad de Calama", dijo.
Cabe señalar que en Calama se conformó la primera cuadrilla de trabajo social que existe en la región.