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Acceso a la información

Las instituciones públicas muestran progresos, a la luz de una fiscalización realizada por el Consejo para la Transparencia.

La cultura sobre visualizar las actuaciones de los organismos públicos aún tiene camino por recorrer, porque hay barreras que existen y se mantienen. Malas prácticas de antaño que deben terminar.

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En abril de 2009 entró en vigencia la Ley 20.285 sobre acceso a la información pública, conocida también como Ley de Transparencia, luego del plazo de ocho meses fijado tras su publicación en el Diario Oficial el 20 de agosto de 2008.

Básicamente, este cuerpo legal busca visualizar a la comunidad las funciones públicas y garantizar el acceso a la información por parte de la ciudadanía respecto al quehacer de los organismos del Estado, estableciendo los procedimientos para que ello ocurra y también los casos en que existan excepciones.

Es por eso que el Consejo para la Transparencia se ha encargado de fiscalizar el derecho de acceso a la información pública durante estos dos últimos años. De acuerdo a su último informe, los organismos públicos cumplen en un 61,81%, en promedio, con la tramitación de solicitudes de información que hace la ciudadanía. La conclusión llega luego de que el consejo revisara los procedimientos de 122 instituciones a nivel nacional, entre ellas, los municipios de ocho regiones.

Entre las conclusiones, destaca el hecho de que son las superintendencias las que mejor cumplen con el acceso a la información en el marco de la legislación vigente y los servicios de salud, los que menos lo hacen.

Además, en general el cumplimiento mejoró respecto a la medición respecto al periodo anterior en un 10,77%. Sin embargo, el informe especifica que aún existen barreras, humanas y técnicas.

Entre ellas, se identificaron algunos requisitos impuestos por algunos organismos que no están contemplados en la ley, entre los que se cuentan el entregar datos como domicilio particular, número de cédula de identidad, comuna y región. Y en el caso de los trámites electrónicos, otras instituciones no cuentan con los formularios para ingresar solicitudes en sus páginas web o éstas no se encuentran operativas.

Si bien el acceso a la información pública en Chile ha avanzado a partir de esta ley, indudablemente existe mucho camino por recorrer, entendiendo que la transparencia debe ser parte de la cultura y un valor fundamental en todo organismo público y de un beneficio completo para la sociedad.

Oferta de pensionado en Antofagasta Construirán 30 casas para damnificados

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El progreso educacional de Antofagasta era notable. La ciudad se había anticipado en la construcción de una residencia para alumnos y en un aviso se leía: "pensión particular, admite pupilos y medio pupilos, ya sean del Liceo de Hombres o del Instituto Comercial, para vivir en una casa cómoda".

Treinta casas construirá el gobierno en la zona de Coñaripe para ayudar a los damnificados del volcán Villarrica. La inversión significará un desembolso de 100 mil escudos. Durante estos días, los habitantes de la zona continúan en la ribera del lago Calafquén por miedo y buscando algunos enseres perdidos.

Un total de 57 locales comerciales de la ciudad quedarán imposibilitados de vender alcohol, tras la puesta en marcha de la Ley 19.195.

Además, se regularán los horarios de expendio. Ahora el municipio está facultado para entregar una patente cada 600 habitantes y antes era cada 400 personas.

Proteger el bien común

"Las empresas pudieron reconocer el error y rectificar su proceder tan alejado de la ética".

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El contundente fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que determinó la ilegalidad de las Resoluciones de Calificación Ambiental aprobadas por la Comisión de Evaluación Ambiental, constituida por gran parte del Gobierno Regional, presidida por el intendente, dejó en evidencia el actuar fuera de la ley de tres empresas; ATI, FCAB y Minera Sierra Gorda SCM y la falta de prolijidad, por decir lo menos, del aparato público regional.

La Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente, tiene solamente 92 Artículos que pueden escribirse en 18 hojas tamaño carta, factible leerlas en menos de 20 minutos, es inconcebible que el intendente que presidió la Comisión de Evaluación Ambiental, dicte tres resoluciones ilegales evitando un Estudio de Impacto Ambiental, y exprese: "No iba refutar a quienes estudiaron y presentaron el proyecto, porque ellos son técnicos, especialistas y yo abogado". ¿Qué entenderá por autoridad pública?

A esta tipología de autoridad, se combinan empresas como ATI, Sierra Gorda SCM, FCAB y EPA, sin responsabilidad por la salud y calidad de vida de Antofagasta, se agrega el Decreto Supremo del Ministerio de Transporte de ampliar en quince hectáreas la superficie del puerto de Antofagasta para el acopio de concentrado de cobre, además las solicitudes de EPA de incorporar La Chimba como sitio de embarque, desapareciendo el proyecto Bicentenario de la playa artificial más grande de Chile, y permitir la participación en la licitación para concesionar estas ampliaciones, a empresas integradas verticalmente, el interés, es incluir a la ATI, integrada con FCAB y Sudamericana de Vapores, todas controladas por el grupo Luksic.

Es lamentable que las empresas ATI, FCAB y Minera Sierra Gorda SCM más la Comisión de Evaluación Ambiental, apelen a la Corte Suprema el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, pudiendo reconocer el error y rectificar su proceder tan alejado de la ética. Esperamos que el próximo gobierno, su primer acto para Antofagasta sea anular el Decreto Supremo de Ampliación del Puerto, y cambie la nominación de la ministra de Minería Aurora Williams.

Estas malas prácticas, se denunciarán a la OCDE, por lo cual, se invita a todos los antofagastinos adherir, firmando en calle Prat esquina Matta.

Arquitecto