La actual crisis social que afecta el país, también ha impactado fuertemente a diversas empresas, emprendimientos y fuentes laborales, que han sufrido pérdidas económicas e incluso daños.
Ante esta difícil situación, expertos laborales afirman que los trabajadores cuentan con beneficios y una normativa laboral, que permite sobrellevar de mejor manera potenciales pérdidas de la fuente laboral.
En la mayoría de los casos, pasar por circunstancias como estas, originan tensión y discusiones en el núcleo familiar.
Normativa
Jorge Farah, académico de la Escuela de Trabajo Social de la Universidad Católica y experto en temas laborales, enfatizó que los trabajadores dependientes deben exigir el finiquito al momento de la desvinculación, sin perjuicio de si el contrato era a plazo fijo o indefinido.
"Ese documento (finiquito) es el único que acredita la condición de persona desempleada, y le permitirá realizar los otros trámites de protección. Esto sumado a que también podrá acceder al seguro de cesantía", comentó.
El especialista aclaró que si la persona cuenta con más de un año de servicio, aquello asegura el pago de indemnización. En caso que no, al menos se tendrá el pago de las vacaciones proporcionales.
Farah agregó que si la persona no cuenta con un contrato de trabajo, debe demostrar a través de un juicio que pese a no tenerlo, existía una dependencia laboral.
"Hay que dejar en claro que si no hay contrato, no se podrá tener acceso al seguro de cesantía, ni a ningún tipo de derecho. Pero la persona puede hacer una demanda por daño civil en los tribunales", puntualizó el subdirector de Investigación y Postgrado de la Escuela de Trabajo Social.
Cabe mencionar que en caso que la empresa, comercio o lugar de trabajo sufra daños irreparables, la ley protege a los trabajadores en relación al pago de sueldo y cotizaciones.
Si la empresa no puede hacerse cargo de lo mencionado anteriormente, existe la posibilidad de declararse en quiebra directamente en la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.
"Si esto sucede, la empresa debe asegurar de la mejor forma posible el pago de los trabajadores", aclaró Farah.
Enfoque emocional
Magdalena Calderón, también académica de la Universidad Católica, analizó la parte más emocional de las personas en un despido, apuntando que ello genera gran incertidumbre.
"Siempre quedarse sin trabajo es complejo. Sin embargo en una realidad como la actual, donde la normalidad no se asegura, la complejidad es más", aseguró.
Calderón llamó a entender que muchas veces los despidos no son responsabilidad de la persona, sino obedece a situaciones que van más allá.
"Entendiendo el panorama, es muy importante comunicar a familiares y círculo cercano lo que está sucediendo, ya que muchas veces las personas suelen esconder que están desempleados", comentó.
Ante esta situación, la académica señala que es totalmente normal sentir angustia, pero la idea es trabajar en ello y plantearse metas.
"Hay que mantenerse activo y ser realistas, reconociendo que si envío curriculum, lo más probable es que no llamen al otro día. Si bien hay una crisis, saber que en algún momento va a terminar", dijo.
La trabajadora social sugirió desarrollar un plan de búsqueda de empleo, a corto y largo plazo, y observar hasta cuándo uno se puede proyectar con los ahorros.
Se debe entender que el finiquito es la forma legal por la cual un trabajador y su empleador ponen término a la relación laboral. En relación al pago de éste, se debe tener en cuenta las remuneraciones pendientes, indemnización de aviso previo, indemnización por años de servicio y vacaciones proporcionales o feriado proporcional.
En general la regla es avisar con anticipación de 30 días, sin embargo existen excepciones: necesidades de la empresa o el desahucio (salvo que se pague la indemnización sustitutiva del aviso previo equivalente a 30 días de remuneración) y las causales disciplinarias, o dentro de los 6 días hábiles siguientes de aplicarse la causal de caso fortuito o fuerza mayor del Artículo 159.
No comunicar la nueva situación a la isapre, implica que el trabajador sigue incorporado a ella y puede acumular todas las cotizaciones faltantes como deuda. Además el hecho de estar sin trabajo deberá ser correctamente acreditado ante la isapre con carta de despido, finiquito, carta de renuncia voluntaria u otro documento que demuestre el término de la relación laboral.
Si el empleado tiene reservas sobre las acciones o derechos respecto a los beneficios contenidos en el finiquito, ya sea por procedencia, forma de cálculo, período de pago de las indemnizaciones o cotizaciones pendientes, entre otros aspectos, corresponde que la Inspección del Trabajo resuelva el reclamo. Incluso se puede demandar la nulidad del despido.
Según estipula la ley, si el empleador no ha hecho el pago de las cotizaciones previsionales al momento de despedir a la persona o en caso de que existan declaraciones sin pago, éste no produce el efecto de poner término al contrato de trabajo. La empresa deberá seguir pagando las remuneraciones y demás prestaciones, aún cuando el trabajador no siga prestando servicios.
El Seguro de Cesantía otorga un ingreso que puede cubrir hasta por cinco meses posteriores al despido, en el evento que se haya cotizado al menos un año (se otorga un mes por cada año cotizado, con un tope de cinco pagos). En tanto el Estado subvenciona a través del Fondo Solidario de Cesantía, al cual pueden acceder los trabajadores despedidos por la causal antes señalada.