Proyecto de Ley, Gobiernos Corporativos, Empresas del Estado y Codelco
El Ejecutivo ha ingresado al Congreso un Proyecto de Ley que introduce perfeccionamientos al marco institucional de las empresas del Estado y aquellas en que éste tiene participación mayoritaria.
Se afirma que un buen gobierno corporativo es clave para optimizar el desempeño de tales empresas, maximizar su valor económico, velar por su viabilidad financiera, actuar bajo estrictas normas de integridad y cumplir los fines que le han sido encomendados; citando como ejemplo que aquello, la Ley N° 20.392 y que modernizó el gobierno de Codelco, adecuándolo a los estándares internacionales más exigentes.
Precisamente, el precedente señalado nos debe llevar a la reflexión y análisis ya que, a la fecha, nos encontramos enfrentados a un acalorado debate y juicio entre Codelco y la Contraría General de la República, con serias y reiteradas recriminaciones crazadas, públicas y judiciales, por el actuar del uno respecto del otro.
No deja de llamar la atención que dos entidades del Estado (más el Consejo de Defensa del Estado de por medio) se encuentren en un estado de debate tan profundo e irreconciliable. Habiendo llevado Codelco el conflicto ante los tribunales de justicia, pues el mismo en definitiva será resuelto por otro poder del Estado, en este caso, el Poder Judicial. Algo no anda bien en el Estado, en especial en lo que dice relación a la eficiencia y coordinación de sus acciones.
En lo judicial, con lenguaje destemplado, Codelco sostiene que la Contraloría General de la República pretende imponerle, de forma ilegal, el cumplimiento de ciertas normas contenidas en la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado y en la Ley de Compras Públicas, sin desconocer para ello su naturaleza de empresa del Estado y, por tanto, integrante de la Administración del Estado.
Para sostener su tesis, Codelco argumenta que su ley especial (D.L N° 1.350), reformado recientemente a través de la citada Ley N° 20.392, le confiere un estatuto especial, a virtud del cual, se encuentra exento del cumplimiento de las normas de Bases Generales de la Administración del Estado y Compras Públicas que la imputa la Contraloría General de la República. Aún más, Codelco que, en ciertos aspectos, su normativa interna resultaría más exigente que la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado y la Ley de Compras Públicas, terminado por informar su disposición en avanzar voluntariamente en los perfeccionamientos y procesos exigidos por Contraloría General de la República.
Pero en definitiva, en buen chileno, qué es lo que se está debatiendo?. Pues Codelco pretende eximirse de aquella obligación contenida en la Ley de Compras Públicas y que establece que las adquisiciones de bienes y servicios por parte de la estatal, por regla general, debe verificarse a través de procesos competitivos denominados "propuestas públicas". Además, pretende igualmente eximirse de las prohibiciones contenidas en la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado en lo que dice relación a la contratación de tales compras de bienes y servicios con "partes relacionadas", entendiéndose por "parte relacionadas" por un conjunto de personas que presentar relaciones de parentesco cercano con aquellos personeros de Codelco que toman las decisiones, o forman parte del proceso de toma de decisiones, relacionadas con sus compras de bienes y servicios.
Evidentemente, pretender excluir a Codelco del cumplimiento de las normas legales que resultan obligatorias para las demás entidades y empresas del Estado, sin fundamentar ello en razones de optimización de su desempeño, maximización de su valor económico, resguardo de su viabilidad financiera, normas de integridad, cumplimiento de sus fines, mejores prácticas de la industria internacional y/o recomendaciones internacionales (OCDE) deja en muy mal pie al gobierno corporativo de Codelco, resultando inconsistente su actuar con los objetivos de la Ley N° 20.392 y que el Ejecutivo ha declarado perseguir.
Se equivoca Codelco cuando pretende sostener, para sí, un estatuto jurídico excepcionalísimo, al margen incluso de las leyes de "bases generales" de actuación de la Administración del Estado. Por cierto, resulta insuficiente aquella afirmación de Codelco en orden a que, en ciertos aspectos, sus normas internas resultan aún más rigurosas que las leyes de bases generales del Estado, ya que, por su propia naturaleza (simples normas internas), Codelco tiene la posibilidad de modificarlas en cualquier momento o, en su caso, excusar su incumplimiento sin efecto legal alguno por tal decisión.
Luis Bastías
Eyzaguirre
Abogado