Corte rebajó multa a ATI, pero mantuvo obligación de limpiar
FALLO. Concesionaria del puerto aseguró que gran parte de sus argumentos fueron acogidos y destacó las mejoras introducidas desde 2015.
La Corte Suprema acogió parcialmente el recurso de casación interpuesto por Antofagasta Terminal Internacional (ATI) en contra de la sanción impuesta por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) por deficiencias en sus operaciones.
El fallo, dictado por la Tercera Sala del tribunal, deja sin efecto tres multas que la SMA impuso a ATI en agosto de 2015, y mantiene otras dos.
La empresa concesionaria se libra así del pago de 470 Unidades Tributarias Anuales (UTA) por la emisión de polvo fugitivo desde la bodega de carguío de un barco (verificada in situ por fiscalizadores); 523 UTA por la emisión de polvo fugitivo desde el galpón TEGM; y 106 UTA por fisuras en los portones de ingreso al galpón de concentrados SAC.
Todas estas multas se anulan por corresponder a falencias abordadas en un programa de cumplimiento impuesto a ATI con anterioridad por la misma SMA.
Por el contrario, la empresa queda obligada a cancelar 287 UTA por la ausencia de sitios fijos que segreguen concentrados de cobre, zinc y plomo en el TEGM (establecida en su RCA); y 197 UTA por el incumplimiento de una resolución que en febrero de 2015 le impuso la obligación de realizar mediciones de eficiencia en su sistema de filtros.
Así, la empresa finalmente pagará $271 millones de los $886 millones que representaban las cinco multas impuestas (cada UTA vale $556 mil)
Limpieza
En otro aspecto clave del caso, los magistrados mantuvieron la medida que obliga a la compañía a limpiar el área urbana aledaña al puerto.
Se trata de una zona delimitada por la misma SMA y que corresponde a alrededor de 17 manzanas donde se detectaron concentraciones elevadas de cobre, plomo, zinc y arsénico, "todos metales asociados a la actividad portuaria".
Respecto a esta última medida, ATI había planteado que la SMA no contaba con atribuciones para disponer tal obligación, asunto que fue desestimado por la Tercera Sala.
Según los jueces, la facultad para decretar este tipo de medidas se encuentra en el artículo 3 letra g) de la Ley N° 20.417.
"La superintendencia tendrá la atribución de adoptar medidas urgentes y transitorias para el resguardo del medio ambiente cuando se observe la existencia de un daño grave e inminente que, en este caso, resulta configurado por la eventual inhalación del material particulado peligroso liberado a la atmósfera de la zona urbana del Puerto de Antofagasta, circunstancia no discutida y, por lo demás, acreditada a través de los informes", indica el fallo.
De esta manera, ATI deberá aplicar lo resuelto en su momento por la SMA, esto es llevar a cabo "el aspirado y limpieza de las veredas y calles comprendidas en el perímetro que la misma resolución detalla, con la obligación de presentar un informe que dé cuenta de la ejecución del aspirado, para aprobación de la autoridad ambiental, indicándose también la metodología que deberá utilizar".
Empresa
Consultada por este Diario, Antofagasta Terminal Internacional destacó que la resolución de la Corte Suprema "recogió nuestros argumentos, pues muchas de las observaciones del proceso sancionatorio, que cursó hace más de dos años la Superintendencia del Medioambiente (SMA), ya estaban siendo abordadas por un plan de cumplimiento visado por la propia autoridad, por lo que no procedía una multa".
La empresa recordó, además, que las desviaciones detectadas en los galpones Sistema de Acopio de Concentrados (SAC) y Terminal de Embarque de Graneles Mineros (TEGM) fueron subsanadas oportunamente de acuerdo a este plan de cumplimiento a mediados del 2015.
"El fin de este proceso judicial, sumado a iniciativas tan importantes como la puesta en marcha del sistema de Recepción, Acopio y Embarque de Concentrado (RAEC), la incorporación de contenedores de volteo y los compromisos asumidos con la ciudad a través del APL Logístico-Minero de Antofagasta, nos ayudan a garantizar a la comunidad que ATI opera con los más altos estándares ambientales", concluye la empresa en una declaración pública.