Redacción
Durante nueve meses, una antofagastina tuvo en su cuerpo restos de gasa, después de someterse a una operación en la columna vertebral. El cuerpo extraño estuvo adosado en el tornillo de fijación de la primera vértebra sacra, causándole una serie de malestares e inconvenientes a su salud.
Por ello, la Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la sentencia recurrida del 2° Juzgado Civil que condenó al médico cirujano Alejandro Escobar Pérez y al Instituto de Neurocirugía Alfonso Asenjo de Santiago, a pagar solidariamente una indemnización por concepto de daño emergente de $12.813.836, y de $30.000.000 por daño moral.
La afectada, Amada Lucero Murúa, fue operada de la columna vertebral, en agosto de 2010 en Santiago.
Sostuvo que tras la intervención, tuvo un post operatorio complicado, y con el avanzar de los días su condición de salud empeoró notablemente, presentando fuertes dolores de cabeza, mareos, tercianas, vómitos, fiebre alta por más de una semana y un calor intenso en la zona operada, síntomas que aún estando hospitalizada, no se tomó ninguna medida, salvo darle paracetamol para el dolor.
Sostuvo que presentó una severa y evidente inflamación de la cicatriz post operatoria, solicitando la presencia del médico Alejandro Escobar, quien cuenta no concurrió, siendo asistida por un médico de urgencia, que ordenó practicar una radiografía de tórax, indicándole que sus síntomas se debían a que no caminaba.
Desde allí pasó por un complicado proceso de recuperación, visitas a doctores, etc., hasta que finalmente le fue detectada en un establecimiento asistencial de Antofagasta, la gasa que tenía en su organismo.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Óscar Clavería Guzmán, Virginia Soublette Miranda y el fiscal judicial Rodrigo Padilla Buzada- revocó, la parte de la resolución recurrida que rechazó la indemnización de perjuicios por lucro cesante, ordenando a los demandados pagar a Lucero Murúa $1.320.000 por dicho concepto.
"Con la prueba analizada y ponderada, especialmente la ficha clínica, puede concluirse de acuerdo al análisis realizado que hay concurrencia de la negligencia e imprudencia en el actuar del demandado Alejandro Escobar Pérez, como también la falta de servicio del Instituto de Neurocirugía", sostiene en su parte final, el fallo de la Corte.