La Defensa Penal Pública
Desde su creación, a través de la ley 19.718 la Defensoría Penal Pública ha demostrado su carácter de servicio público, no sólo por expresa disposición normativa, sino por la naturaleza de las funciones que desempañamos, siendo su actividad central la de prestar defensa penal de calidad a cualquier persona imputada de crimen simple delito o falta, y que carezca de abogado de confianza. Sin embargo, no es poco habitual observar diversos debates surgidos con ocasión de las formalizaciones de casos de alta connotación pública como Penta, Soquimich y otros en donde vemos a connotados empresarios en calidad de imputados, y destacados abogados ejerciendo la defensa técnica.
Ello, motivo el debate sobre los costos de defensa y las capacidades técnicas de las mismas, sobre diversos delitos, cuya notoriedad y trascendencia noticiosa dan visibilidad a este tema. De esta forma escuchamos afirmaciones tales como que los referidos imputados por su capacidad económica podrían contar con una defensa de calidad, cuestión que deja entrever que la defensa pública era para quienes no cuentan con ingresos.
De esta afirmación sólo podemos constatar que el universo de atención de imputados, corresponde justamente a personas que se ubican dentro los quintiles más bajos de la configuración socio económica, o derechamente se encuentran en situación de vulnerabilidad, realidad que ha sido abordada seria y sistemáticamente por la institución a través de líneas de defensa especializada como la de adolescentes, indígenas migrantes y mujeres.
Esto en ningún caso quiere decir que la Defensa Penal Pública no esté en condiciones de asumir casos de relevancia nacional, pues así lo ha estado en casos vinculados a ley antiterrorista, vinculados al pueblo mapuche, vinculados a atentados sexuales o contra la vida de gran repercusión pública, o como delitos contra la fe pública o en el que existen involucrados funcionarios públicos. Así en no pocos casos, los imputados, a pesar de su capacidad económica, han preferido la Defensa Penal Pública, precisamente porque somos una institución seria, con profesionales altamente especializados, sujetos a capitaciones y perfeccionamiento constante, y bajo un estricto control mediante inspecciones y auditorias de la calidad de la defensa. Lo anterior, con el objetivo central de hacer realidad, en la cotidianeidad de nuestras labores y la vida de nuestros representados, nuestro lema de que Sin Defensa no hay Justicia.