Estos últimos años se ha incrementado el número de adolescentes en conflicto con la ley en internación provisoria en centros del SENAME, donde si bien la privación de libertad se considera como última alternativa, es posible apreciar en la II Región que más del 70% de adolescentes que han estado en internación provisoria han quedado cumpliendo condenas en el medio libre. No obstante, la realidad penal chilena e internacional parece encontrarse en un profundo debate entre el deber ser y el ser.
Siempre será preferible que un adolescente se contacte en forma directa y vinculante con el sistema de justicia penal privativo, atendiendo al principio de mínima intervención como de evitar el contagio criminógeno, particularmente de adolescentes que están insertos en el sistema socioeducativo y no cuentan con sanciones anteriores.
Evidentemente, resulta más grave, la sobreutilización de la medida cautelar privativa de libertad en menores de edad. Generando con ello muchas veces desarraigo no solo familiar sino educativo. Sumado a las limitaciones en los Centros de Internación Provisoria CIP del SENAME para desarrollar intervenciones más integrales en estos adolescentes por tratarse de menores imputados que no cuentan con un plan de intervención y que pueden estar en calidad de imputados privados de libertad varios meses. Transformándose este periodo privados de libertad en un latente riesgoso para la salud mental y gatille comportamientos disruptivos y de alto riesgo incluso para el propio adolescente.
Dicha privación de libertad en los menores genera en muchos casos una incidencia negativa en la reinserción social posterior de estos, debido que los adolescentes para poder adaptarse a las condiciones intramuros "privativa", aprenden tácticas más parecidas a los adultos privados de libertad que se identifica con una subcultura carcelaria "contagio criminógeno". Siendo inclusive afectados cuando recuperan su libertad, ya que por el hecho de haber estado en situación de privación de libertad los rotula y excluye.
Destacando que la privación de libertad gatilla estados de ánimo displacenteros, como la incertidumbre, miedos, angustias, desamparo, conductas violentas que obligatoriamente retan los dispositivos del SENAME a desplegar destrezas para que el impacto en los adolescentes sea el mínimo posible.
De esta manera el adolescente vive la privación de libertad casi como una condena y/o un castigo, pues lo restringe de poder efectuar actividades esperables para su grupo etéreo; sumado a múltiples efectos psicológicos y socioculturales, que se suelen presentarse en personas privadas de libertad, siendo adolescentes, que están aun en proceso de formación.
Lo cual lleva a llevar al debate la priorización de la aplicación de medidas alternativas a la privación de libertad, particularmente cuando los adolescentes están imputados.